Hacienda prepara cambios al régimen de inversión de los fondos de pensiones en activos del exterior
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público puso sobre la mesa un proyecto de decreto que modifica el Decreto 2555 de 2010 y plantea derogar tres disposiciones relacionadas con las inversiones de los fondos de pensiones obligatorias en activos ubicados fuera de Colombia. El documento establece que la nueva regulación entraría en vigencia al día siguiente de su publicación.
Una modificación al régimen que regula las inversiones de los fondos de pensiones obligatorias en activos en el exterior quedó planteada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a través de un proyecto de decreto que busca intervenir disposiciones contenidas en el Decreto 2555 de 2010, una de las normas centrales del marco regulatorio del sistema financiero colombiano.
De acuerdo con el documento, la propuesta contempla la derogatoria de los artículos 2.6.12.1.27, 2.6.12.1.28 y 2.6.12.1.29 del Decreto 2555 de 2010, específicamente en lo relacionado con el régimen de inversión de activos en el exterior de los Fondos de Pensiones Obligatorias.
La iniciativa parte de las reglas constitucionales y legales que establecen que los recursos destinados a la seguridad social deben ser administrados bajo criterios que protejan su destinación y garanticen condiciones adecuadas para los afiliados. El texto recuerda que el artículo 48 de la Constitución establece que la seguridad social es un servicio público de carácter obligatorio y que los recursos de las instituciones que hacen parte del sistema no pueden utilizarse para fines diferentes a aquellos para los cuales fueron establecidos.
Únete al canal de WhatsApp de IFMNOTICIAS para estar informado de manera oportuna y con detalle. IFMNOTICIAS · Información de VerdadUnirmeEl proyecto también cita el artículo 100 de la Ley 100 de 1993, según el cual los fondos de pensiones obligatorias administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones deben invertir sus recursos bajo condiciones que garanticen "seguridad, rentabilidad y liquidez", de acuerdo con los límites establecidos por el Gobierno Nacional.
Precisamente, el documento señala que esos límites pueden ser fijados, modificados o derogados por el Ejecutivo dentro de las facultades reglamentarias previstas en la Constitución, cuando las condiciones del mercado o los efectos observados de la regulación así lo ameriten.
Con base en ese marco, la propuesta de Hacienda plantea eliminar las tres disposiciones específicas del Decreto 2555 de 2010 relacionadas con las inversiones de los fondos de pensiones obligatorias en activos del exterior. El cambio supone una modificación en las reglas actualmente contempladas para este tipo de operaciones y abre la puerta a una nueva configuración normativa sobre la forma en que estos recursos pueden ser invertidos fuera del país.
El documento recuerda además que los fondos de pensiones hacen parte del Sistema de Seguridad Social Integral creado por la Ley 100 de 1993 y que sus recursos son de propiedad de los afiliados. En ese sentido, las decisiones sobre inversión tienen una incidencia directa sobre el manejo del ahorro pensional de millones de colombianos y sobre los criterios bajo los cuales las administradoras deben buscar el equilibrio entre rentabilidad, seguridad y liquidez.
Uno de los elementos relevantes del texto es que el número del decreto y la fecha de expedición aparecen aún sin diligenciar en las páginas revisadas. El documento también contiene el espacio destinado a la publicación y establece que, una vez expedido y publicado, la medida comenzaría a regir "a partir del día siguiente a su publicación".
La propuesta aparece suscrita en el documento por el ministro de Hacienda y Crédito Público, Miguel Gómez Martínez, aunque el texto mostrado corresponde a un decreto cuyo número y fecha todavía están pendientes de incorporación.
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