Corte Constitucional cuestiona continuidad del Ministerio de Igualdad en 2026
La polémica en torno a la creación del Ministerio de Igualdad, liderado por la vicepresidenta Francia Márquez, vuelve al centro del debate jurídico.
La polémica en torno a la creación del Ministerio de Igualdad, liderado por la vicepresidenta Francia Márquez, vuelve al centro del debate jurídico.
Esta vez, el vicepresidente de la Corte Constitucional, magistrado Jorge Enrique Ibáñez, manifestó su desacuerdo con la decisión del tribunal de permitir que dicho Ministerio continúe vigente hasta 2026, pese a las irregularidades detectadas en su aprobación.
Hace cinco meses, la Corte Constitucional tumbó la ley que creó el Ministerio de Igualdad, señalando que el Congreso la aprobó sin contar con el aval fiscal requerido ni con el quórum necesario.
Únete al canal de WhatsApp de IFMNOTICIAS para estar informado de manera oportuna y con detalle. IFMNOTICIAS · Información de VerdadUnirmeSin embargo, en una controvertida decisión, el tribunal decidió diferir los efectos de esta sentencia por dos años, permitiendo que el Ministerio siga funcionando temporalmente mientras se tramita una nueva ley que subsane los errores de procedimiento.

Un salvamento de voto que pone en duda la prórroga
El magistrado Jorge Enrique Ibáñez, en su salvamento de voto, fue contundente al cuestionar esta prórroga, señalando que la cartera debería haber cesado sus operaciones de inmediato tras la declaratoria de inexequibilidad.
Según Ibáñez, la ausencia de un estudio de impacto fiscal y los graves vicios en el trámite legislativo son razones más que suficientes para invalidar por completo la ley que lo creó, conforme al artículo 149 de la Constitución.
“El acto legislativo que dio lugar a la creación del Ministerio de Igualdad no tiene validez alguna y, por lo tanto, no debería producir efectos”, sostuvo Ibáñez, subrayando que la Corte debía haber retrotraído los efectos de la decisión desde el mismo momento de la sanción presidencial, en lugar de permitir que continúe su funcionamiento.

Críticas al procedimiento legislativo
Además de señalar la falta de un estudio de impacto fiscal, Ibáñez también lanzó duras críticas al procedimiento legislativo seguido en el Congreso, particularmente en la Comisión Primera del Senado.
Según el Magistrado, la votación ordinaria que aprobó la ley no cumplió con los requisitos constitucionales, ya que no se alcanzó el quórum decisorio necesario para este tipo de actos legislativos.
“Nos enfrentamos a un acto legislativo que carece de toda validez y produce efectos nulos debido a las irregularidades en su trámite. No solo no hubo quórum suficiente, sino que tampoco se consideró el impacto fiscal de la creación del Ministerio”, reiteró Ibáñez en su escrito, haciendo referencia al artículo 149 de la Constitución.

El Ministerio de Igualdad en el limbo
Este salvamento de voto no solo expone las divisiones dentro de la Corte Constitucional, sino que también pone en entredicho la continuidad del Ministerio de Igualdad.
Si bien la decisión del tribunal permite su operación hasta 2026, las objeciones de Ibáñez evidencian que los errores en su creación aún no han sido superados, lo que podría llevar a nuevas controversias legislativas y judiciales.
La vicepresidenta Francia Márquez, quien ha sido la cara visible de este Ministerio, ha defendido su importancia para cerrar las brechas de desigualdad en el país. Sin embargo, la falta de solidez jurídica en su creación, además de la ejecución de sus proyectos, podría convertirse en un obstáculo insalvable para su consolidación en el futuro cercano.

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