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Juzgado ordenó suspender bombardeos en Arauca mientras se ajustan protocolos para proteger a menores reclutados

Un juez administrativo de Arauca ordenó la suspensión temporal de los bombardeos contra estructuras armadas organizadas en ese departamento hasta que las autoridades modifiquen los protocolos utilizados en la planeación de estas operaciones. La decisión judicial establece que deberán incorporarse mecanismos específicos para identificar la posible presencia de niños, niñas y adolescentes reclutados por grupos armados, así como fortalecer las medidas de protección contempladas en el Derecho Internacional Humanitario antes de autorizar cualquier operación aérea.

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Juzgado ordenó suspender bombardeos en Arauca mientras se ajustan protocolos para proteger a menores reclutados
Foto: Cortesía

La decisión fue adoptada por el Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Arauca al resolver una acción de tutela presentada por el personero municipal de Puerto Rondón. La demanda fue dirigida contra la Fuerza Aeroespacial Colombiana, la Presidencia de la República, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación, proceso al que posteriormente también fue vinculado el Ministerio de Defensa.

En la acción constitucional, el personero solicitó la implementación de un protocolo específico para las operaciones de bombardeo que incluyera procedimientos para verificar la eventual presencia de menores de edad, evaluar el impacto sobre la población civil y los bienes protegidos, así como garantizar la aplicación de los principios de necesidad militar, distinción, precaución y proporcionalidad durante la ejecución de estas operaciones.

Además, la tutela planteó la necesidad de establecer una política pública orientada a la desvinculación humanitaria de menores reclutados, mediante una articulación entre la Fuerza Pública y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para facilitar su recuperación y evitar que sean considerados combatientes dentro de las acciones militares.

Durante el trámite judicial, la Fuerza Aeroespacial Colombiana informó que actualmente cuenta con procedimientos para la planeación de operaciones de ataque estratégico, interdicción aire-tierra y apoyo aéreo cercano. Sin embargo, tras revisar esa documentación, el despacho concluyó que dichos protocolos no contienen mecanismos concretos dirigidos a establecer si dentro de los objetivos militares existen niños, niñas o adolescentes vinculados a organizaciones armadas ilegales.

En la sentencia, el juez señaló que las verificaciones previstas en los protocolos vigentes no están encaminadas a validar de manera efectiva la presencia de menores de edad cuando estos hacen parte de los grupos armados objeto de las operaciones. Esa circunstancia, indicó el despacho, representa un riesgo para los derechos fundamentales a la vida y a la integridad de esta población.

El fallo también recordó que, conforme al Derecho Internacional Humanitario, los menores reclutados por organizaciones armadas conservan la condición de víctimas del conflicto armado, independientemente de las circunstancias en que ocurrió su vinculación. Por esa razón, el juez consideró que esa condición debe ser evaluada antes de autorizar operaciones que impliquen el empleo de armamento lanzado desde aeronaves.

Como parte de las órdenes impartidas, el despacho judicial dispuso que el presidente de la República, el ministro de Defensa y el comandante de la Fuerza Aeroespacial Colombiana revisen y modifiquen, en un plazo máximo de dos meses, los protocolos utilizados para planear y ejecutar operaciones aéreas en el departamento de Arauca.

La decisión establece que los nuevos lineamientos deberán incorporar todas las medidas de inteligencia y verificación disponibles para identificar la posible presencia de menores de edad dentro de las estructuras armadas ilegales y en las zonas donde se desarrollen las operaciones, con el propósito de garantizar la protección que les reconoce el Derecho Internacional Humanitario.

Mientras se realizan esos ajustes, la Fuerza Aeroespacial Colombiana deberá mantener suspendidos los bombardeos contra estructuras armadas organizadas en Arauca. Una vez entren en vigencia los nuevos protocolos, las autoridades deberán socializarlos entre las unidades tácticas responsables de este tipo de operaciones y adelantar jornadas de capacitación para el personal militar sobre su aplicación, con énfasis en la protección de niños, niñas y adolescentes afectados por el conflicto armado.

El fallo también asignó funciones de acompañamiento y verificación a la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, entidades que deberán hacer seguimiento al cumplimiento de las órdenes impartidas por el juzgado y participar en las acciones relacionadas con la protección de menores de edad en contextos de conflicto armado.

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