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Consejo de Estado revisará legalidad del uso de la cláusula de escape fiscal activada por el Confis

El Consejo de Estado admitió una demanda interpuesta por el ciudadano Pedro Nel Ospina Santamaría que busca la nulidad del acto mediante el cual el Consejo Nacional de Política Fiscal (Confis) activó la cláusula de escape de la regla fiscal, decisión que fue anunciada por el Gobierno en el marco de

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Redacción IFM
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Consejo de Estado revisará legalidad del uso de la cláusula de escape fiscal activada por el Confis

El Consejo de Estado admitió una demanda interpuesta por el ciudadano Pedro Nel Ospina Santamaría que busca la nulidad del acto mediante el cual el Consejo Nacional de Política Fiscal (Confis) activó la cláusula de escape de la regla fiscal, decisión que fue anunciada por el Gobierno en el marco de sus proyecciones económicas para el mediano plazo.

La acción judicial fue presentada bajo el amparo del numeral 1 del artículo 137 de la Ley 1437 de 2011, que habilita a cualquier ciudadano a solicitar la anulación de actos administrativos de carácter general. La demanda argumenta que el acto en cuestión no ha sido publicado en el Diario Oficial, y que la última acta disponible en la página del Confis data del 25 de febrero de 2025, lo que representa, según el demandante, una omisión que compromete la transparencia de la medida.

Aunque en el Marco Fiscal de Mediano Plazo del Gobierno se hace mención de la activación de la cláusula de escape en un apartado preliminar del documento, no se ha divulgado públicamente el acta que respalda la decisión ni el contenido oficial del acto administrativo, lo que según el demandante limita el acceso ciudadano a información relevante sobre las decisiones fiscales del Ejecutivo.

La demanda también cuestiona el uso mismo de la cláusula de escape en el contexto actual. De acuerdo con el marco normativo vigente, en particular la Ley 1473 de 2011 que regula la regla fiscal, esta herramienta puede activarse únicamente en situaciones excepcionales que comprometan gravemente la estabilidad macroeconómica del país.

Según el texto de la demanda, el Ejecutivo habría recurrido a esta figura para evitar el incumplimiento de las metas fiscales, lo cual, en criterio del accionante, no se ajusta a la finalidad para la que fue concebida.

El documento advierte que si el Gobierno preveía un incumplimiento, la vía correcta era la prevista en el artículo 13 de la Ley 1473, que obliga a presentar ante el Congreso un informe que explique las razones del desajuste y proponga nuevas metas. El accionante sostiene que la cláusula no puede ser usada como una solución anticipada o preventiva para evitar los correctivos institucionales previstos por la norma.

En ese sentido, la demanda argumenta que el acto del Confis podría:

  • Incurrir en causales de nulidad, al estar fundamentado en una situación que, según el accionante, no cumple con los criterios excepcionales previstos por la ley.
  • Cuestiona que se utilice la figura para justificar un mayor endeudamiento sin haber agotado las alternativas de control fiscal establecidas.

El Consejo de Estado determinará si la activación de la cláusula de escape por tres años, justificada por el Gobierno como una respuesta a una situación fiscal calificada de grave, se ajusta a los procedimientos y condiciones establecidas por la legislación vigente.

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