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Gobierno nacional activa subsidios económicos para trabajadores y empresas afectados por el sismo

El Ministerio del Trabajo activó dos líneas de auxilio económico para damnificados por el sismo del 10 de agosto, incluyendo pagos de $875.453 para desempleados y subsidios de nómina para pequeñas empresas.

IFM Noticias
Redacción
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MinTrabajo activa ayudas por el terremoto: $875.453 para quienes perdieron el empleo y $700.362 por trabajador para pequeñas empresas

En una respuesta institucional frente a las consecuencias derivadas del sismo de magnitud 7,4 ocurrido el pasado 10 de agosto, el Ministerio del Trabajo, bajo la dirección de la ministra Natalia López Fuentes, ha formalizado la implementación de dos mecanismos de auxilio económico extraordinario. Estas medidas están diseñadas específicamente para mitigar el impacto financiero en los trabajadores que perdieron su empleo y en los micro y pequeños empleadores situados en las zonas geográficas más golpeadas por el evento telúrico.

El primer componente de este paquete de ayudas consiste en un apoyo monetario equivalente a medio salario mínimo mensual legal vigente de 2026, lo que representa una suma total de $875.453. Según lo dispuesto por la cartera laboral, este monto se distribuirá en dos giros mensuales consecutivos, cada uno por un valor aproximado de $437.700. El cronograma de pagos estipula que el primer desembolso debe efectuarse dentro de los cinco días hábiles posteriores a la aprobación de la solicitud, mientras que el segundo giro se realizará en un plazo de 30 días calendario tras el primer pago.

Este beneficio está dirigido a trabajadores dependientes e independientes que ostenten la mayoría de edad y que cumplan con requisitos estrictos de elegibilidad. En primer lugar, los aspirantes deben figurar oficialmente como damnificados en el Registro Único de Damnificados (RUD) o en los sistemas equivalentes gestionados por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). Asimismo, es imperativo haber realizado aportes a una caja de compensación familiar durante al menos seis meses, ya sean continuos o discontinuos, en el periodo comprendido por los cinco años anteriores al 10 de agosto de 2026. Este requisito aplica para quienes pertenecían a las categorías A o B, sectores que concentran a los afiliados con menores niveles de ingresos.

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Adicionalmente, el solicitante debe certificar que carece de empleo actual, que no posee otras fuentes de ingresos y que no es beneficiario de ninguna pensión. El proceso de postulación es totalmente gratuito y debe gestionarse ante la última caja de compensación a la cual se realizaron los aportes. La entidad receptora dispone de diez días hábiles para emitir una respuesta. Es importante destacar que el plazo máximo para radicar estas solicitudes vence el 31 de diciembre de 2026, y la asignación de los recursos se realizará por orden de llegada hasta agotar los fondos disponibles, los cuales provienen de saldos no comprometidos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (Fosfec).

La segunda línea de intervención se enfoca en la preservación del tejido empresarial local. Este apoyo está destinado a microempresas, pequeñas empresas y personas naturales empleadoras que cuenten con una nómina de hasta 50 trabajadores y que hayan sido constituidas legalmente antes de la ocurrencia del terremoto. En este caso, el Estado otorgará un subsidio correspondiente al 40% de un salario mínimo, equivalente a $700.362 mensuales por cada empleado elegible.

Este auxilio podrá extenderse hasta por un periodo de seis meses y su propósito fundamental es cubrir los costos de salarios y seguridad social. Para que un trabajador sea contabilizado dentro del beneficio, debe cumplir con cuatro criterios: estar registrado como damnificado, percibir una remuneración de entre uno y dos salarios mínimos, figurar en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) del empleador desde julio de 2026 y mantener su vínculo contractual vigente durante el mes objeto del subsidio. La normativa aclara que la postulación es mensual e independiente, por lo que recibir el apoyo en un ciclo no asegura automáticamente su otorgamiento en el siguiente. El decreto ha previsto un techo de hasta 52.663 beneficios por cada ciclo operativo.

Para las nóminas correspondientes a los meses de agosto y septiembre de 2026, el Ministerio del Trabajo ha establecido un periodo de postulación que comprende desde el 3 hasta el 11 de noviembre. Los empleadores interesados deben presentar su documentación ante la entidad bancaria o cooperativa de ahorro y crédito donde posean su cuenta principal. Cabe precisar que las entidades de carácter público y las sociedades donde el Estado posea una participación igual o superior al 50% están expresamente excluidas de este programa.

Más allá de los aportes económicos directos, el decreto reglamentario introduce flexibilidades laborales para los afectados. Se permite a los trabajadores damnificados con contratos suspendidos realizar retiros parciales de sus cesantías para solventar necesidades inmediatas. De igual forma, se reduce a un solo día el tiempo de preaviso para otorgar vacaciones en aquellas operaciones empresariales impactadas por el sismo y se agilizan los procedimientos para la suspensión temporal de actividades por un término de hasta 120 días.

Finalmente, el Gobierno nacional ha sido enfático en señalar que la situación de emergencia no puede ser utilizada como pretexto para la vulneración de derechos laborales. En este sentido, la norma prohíbe taxativamente el uso de la crisis para reducir salarios de forma unilateral, la creación de nuevas causales de despido no contempladas en la ley o cualquier acción que atente contra la libertad sindical en el país.

Preguntas y respuestas de contexto

¿En qué consisten los subsidios para trabajadores desempleados?

Se entregará un apoyo económico total de $875.453, dividido en dos pagos mensuales, a personas que perdieron su empleo tras el sismo y que cumplan con requisitos como estar en el Registro Único de Damnificados.

¿Qué beneficios recibirán las pequeñas empresas afectadas?

El Gobierno otorgará un subsidio mensual de $700.362 por cada empleado (hasta 50 trabajadores) para cubrir salarios y seguridad social, siempre que la empresa haya sido constituida antes del terremoto.

¿Cuáles son los plazos y lugares para realizar las postulaciones?

Los desempleados deben postularse ante su última caja de compensación antes del 31 de diciembre de 2026, mientras que las empresas deben tramitar el auxilio ante su entidad bancaria entre el 3 y el 11 de noviembre.

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