MinSalud abrió línea de crédito para que las EPS paguen sus deudas con clínicas y hospitales
El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 002445 que reglamenta créditos directos a las EPS para saldar las facturas de medicamentos y procedimientos represados. Los recursos los administrará la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), que les pagará directamente a los prestadores y proveedores, sin que el dinero entre a las cuentas de las aseguradoras.
La línea solo cubre los pendientes que las EPS reportaron entre el 1 y el 20 de septiembre de 2026, tanto de dispensación de medicamentos como de prestación de procedimientos. No financiará servicios futuros: antes de cada desembolso, el medicamento debe haberse entregado o el procedimiento realizado, la factura debe estar validada y la deuda, conciliada entre la EPS y el prestador, aunque este no haga parte de su red.
Tampoco podrán incluirse cuentas ya pagadas con otros recursos, financiadas por otras vías, como el redescuento de Findeter, negociadas con terceros o reconocidas mediante otro giro directo de la ADRES.
La resolución aclara que no se trata de una condonación, un subsidio ni un aporte de capital, sino de operaciones reembolsables, es decir, préstamos que las EPS deberán devolver con intereses y respaldo de garantías.
Únete al canal de WhatsApp de IFMNOTICIAS para estar informado de manera oportuna y con detalle. IFMNOTICIAS · Información de VerdadUnirmeCada EPS podrá acceder a un único crédito, que podrá desembolsarse en uno o varios giros. La tasa de interés será la variación anual del índice de precios al consumidor (IPC), es decir, la inflación, sin puntos adicionales.
Las aseguradoras tendrán un periodo de gracia de hasta 12 meses desde el desembolso, durante el cual no abonan capital, aunque los intereses se causan desde cada giro. Después contarán con hasta 12 meses más para pagar el capital en cuotas mensuales. Podrán prepagar sin penalidad.
Como garantía, la EPS firmará un pagaré y autorizará de forma irrevocable a la ADRES a descontar las cuotas de los recursos que le gira por concepto de unidad de pago por capitación (UPC, el valor anual que el sistema reconoce por cada afiliado), presupuestos máximos y recobros. Si incumple, el saldo podrá cobrarse de inmediato, y la mora se liquidará con la tasa que la DIAN aplica a las deudas tributarias.
Además, las EPS no podrán exigirles a los prestadores descuentos, condonaciones ni otras contraprestaciones a cambio del pago.
Podrán solicitar el crédito las EPS de los regímenes contributivo y subsidiado. Quedan excluidas las que estén bajo intervención forzosa administrativa para liquidar, ordenada por la Superintendencia Nacional de Salud, y las que hayan pedido el retiro voluntario del aseguramiento.
Las solicitudes de cupo se recibirán hasta el 28 de febrero de 2027 y las de desembolso, hasta el 31 de marzo de 2027 o hasta que se agoten los recursos.
La norma no fija un monto global. El valor total dependerá de la evaluación del cierre proyectado del aseguramiento de 2026 que presente la ADRES al Ministerio, y con base en ese cálculo la ADRES asignará el cupo máximo de cada EPS. Las aseguradoras deberán firmar un convenio de desempeño con el Ministerio y la ADRES.
Una mesa de seguimiento integrada por el Ministerio de Salud, la Supersalud y la ADRES vigilará a todas las EPS con pendientes, incluso a las que no pidan el crédito, y trasladará a la Superintendencia los posibles incumplimientos. Podrá invitar a la Contraloría, la Procuraduría, la Defensoría del Pueblo y a organizaciones de pacientes.
La senadora del Pacto Histórico Carolina Corcho, exministra de Salud, cuestionó el alcance de la medida. Según se conoció afirmó que se proyectan unos 500.000 millones de pesos, una cifra que calificó de insuficiente frente a los recursos que reciben las EPS, y señaló que el mecanismo se financia solo con la caja de la ADRES.
Preguntas y respuestas de contexto
¿En qué consiste la nueva medida del Ministerio de Salud para las EPS?
Se reglamentó una línea de crédito directo para que las EPS paguen deudas pendientes por medicamentos y procedimientos realizados, con recursos administrados por la ADRES.
¿Cómo se realizarán los pagos y cuáles son las condiciones del préstamo?
La ADRES pagará directamente a las clínicas y proveedores sin que el dinero pase por las aseguradoras, quienes deberán devolver el préstamo con intereses ligados a la inflación y un periodo de gracia de 12 meses.
¿Qué entidades pueden acceder a estos créditos y cuáles quedan excluidas?
Pueden solicitarlo las EPS de los regímenes contributivo y subsidiado, pero se excluyen aquellas en proceso de liquidación forzosa o que hayan solicitado su retiro voluntario del sistema.
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