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MinMinas formalizó la derogatoria de los distritos mineros especiales y dio 30 días a la ANM para levantar sus restricciones

El Ministerio de Minas y Energía expidió la resolución con la que deroga la normativa que delimitaba 15 distritos mineros especiales creados durante el gobierno anterior, al considerar que no produjeron resultados verificables. La Agencia Nacional de Minería (ANM) tendrá un mes para borrar del Catastro Minero las limitaciones asociadas a esas zonas.

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Redacción IFM
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MinMinas formaliza la derogatoria de los distritos mineros especiales y da 30 días a la ANM para levantar sus restricciones

El Ministerio de Minas y Energía derogó la delimitación de 15 Distritos Mineros Especiales para la Diversificación Productiva, una figura creada durante el Gobierno anterior para orientar la actividad extractiva y promover nuevas alternativas económicas en territorios con presencia minera. La decisión forma parte de la estrategia de la actual administración para modificar las condiciones de desarrollo del sector.

La medida fue expedida durante la gestión de la ministra de Minas y Energía, María Nohemí Arboleda, quien había anticipado la intención del Gobierno de retirar estas delimitaciones el pasado 3 de septiembre, durante el Congreso Nacional de Minería, realizado en Cartagena.

Aunque en ese momento se anunció la derogatoria de diez resoluciones, la disposición finalmente expedida establece la eliminación de la delimitación de 15 distritos.

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La justificación del Ministerio

Los Distritos Mineros Especiales comenzaron a establecerse desde 2024 como instrumentos de planificación territorial y socioambiental. Su propósito era promover la diversificación productiva, facilitar procesos de reconversión laboral e impulsar la industrialización en zonas vinculadas con la extracción de minerales.

De acuerdo con el listado divulgado, tres de estos distritos estaban ubicados en Nariño y dos en Norte de Santander. Los demás correspondían a Antioquia, Chocó, Huila, Valle del Cauca, Boyacá, Córdoba, La Guajira, el litoral Pacífico, Cauca y Cesar.

En la motivación de la decisión, el Ministerio sostuvo que, después de más de dos años desde la delimitación del primer distrito, no se habían acreditado resultados verificables en materia de diversificación económica, transformación industrial, reconversión laboral o mejoramiento de las condiciones de vida de las comunidades involucradas.

La ministra Arboleda también cuestionó el diseño de estos instrumentos. Según su planteamiento, la figura terminó orientándose hacia la sustitución de la minería, en lugar de facilitar su organización, lo que habría afectado las condiciones para la inversión, la exploración y la formalización de los trabajadores mineros.

La funcionaria había señalado que la decisión tendría efectos hacia el futuro y que no desconocería los derechos de los ciudadanos. Asimismo, aseguró que la protección de los páramos y las áreas protegidas continuaría siendo una prioridad dentro de la política de minería regenerativa promovida por el Gobierno.

La actualización del registro minero

Uno de los principales efectos administrativos de la resolución recae sobre la Agencia Nacional de Minería (ANM), responsable de administrar los títulos mineros y gestionar el registro oficial de las solicitudes.

La entidad tendrá un plazo de 30 días, contados a partir de la entrada en vigor de la norma, para realizar los ajustes necesarios en el Catastro Minero Colombiano y en la cartografía oficial.

La actualización permitirá retirar las restricciones particulares asociadas a la delimitación de los distritos. En consecuencia, los territorios dejarán de estar sujetos a las limitaciones específicas de esa figura para la tramitación de nuevas solicitudes, sin que esto implique la aprobación automática de títulos ni la eliminación de los demás requisitos legales.

Las disposiciones ambientales, las normas de ordenamiento territorial y las restricciones aplicables a zonas protegidas continuarán vigentes. Por tanto, la derogatoria no significa que cualquier actividad minera pueda desarrollarse sin cumplir las condiciones establecidas por la legislación colombiana.

La apuesta por reactivar el sector

El Gobierno enmarca la decisión en su estrategia para impulsar la actividad minera, en un contexto de disminución de varios indicadores económicos del sector.

Cifras presentadas durante el Congreso Nacional de Minería señalaron que la inversión extranjera directa habría descendido de 1.508 millones a 178 millones de dólares. En el mismo balance se reportó una reducción del 34 % en las regalías mineras entre 2022 y 2025, además de una caída cercana a los 4.000 millones de dólares en las exportaciones durante ese periodo.

Desde el sector empresarial, Fenalcarbón respaldó la eliminación de los distritos y consideró que las disposiciones anteriores debilitaban prematuramente la industria carbonífera.

La Asociación Colombiana de Minería (ACM), presidida por Juan Camilo Nariño, también se ha referido a la decisión como una medida orientada hacia el futuro.

El siguiente paso será la actualización del Catastro Minero y de la cartografía oficial por parte de la ANM. El cumplimiento de ese plazo permitirá establecer cómo se aplicará la nueva disposición en los territorios afectados, mientras las autoridades mantienen las competencias de control y las exigencias ambientales previstas en la normativa vigente.

Preguntas y respuestas de contexto

¿Qué decisión tomó el Ministerio de Minas y Energía sobre los distritos mineros?

El Ministerio derogó la delimitación de 15 Distritos Mineros Especiales creados durante el gobierno anterior, al considerar que no generaron resultados verificables en diversificación económica ni mejoras para las comunidades.

¿Qué pasará con las restricciones en los territorios afectados?

La Agencia Nacional de Minería (ANM) tiene un plazo de 30 días para eliminar las limitaciones asociadas a estos distritos en el Catastro Minero, permitiendo el trámite de nuevas solicitudes bajo la normativa vigente.

¿Por qué el Gobierno decidió eliminar esta figura?

La ministra María Nohemí Arboleda argumentó que estos instrumentos afectaban la inversión y la formalización minera, orientándose erróneamente hacia la sustitución de la actividad en lugar de su organización.

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