El Consejo de Estado revocó el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que había impuesto una multa al presidente Gustavo Petro debido a los retrasos en el nombramiento de los comisionados de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG).
La sanción, que ascendía a cinco salarios mínimos mensuales, fue desestimada por el alto tribunal, argumentando que no existía un plazo específico para completar los nombramientos en cuestión.
En su fallo, el Consejo de Estado concluyó que si bien la normativa exige que los seis comisionados expertos de la CREG sean designados en propiedad, no se estableció un tiempo determinado para ello.
Además, la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República ha informado que el proceso de nombramiento sigue en curso, lo que demuestra, según el alto tribunal, que se ha actuado con “diligencia e interés” para cumplir con la orden judicial.
La decisión del Consejo de Estado fue contundente: no encontró motivos para confirmar la sanción, pues el procedimiento adelantado ha sido “eficaz, necesario, prioritario y útil” para garantizar el cumplimiento de la normativa.
En palabras del fallo, “se revoca la providencia de 2 de octubre de 2024, dictada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección C, que sancionó por desacato al señor presidente de la República”.
El fallo también aclaró que, en caso de una infracción de este tipo por parte del presidente, la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes es la autoridad competente para adelantar cualquier proceso en su contra, reafirmando la responsabilidad de dicha entidad en estos casos.