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(EN VIDEO) Catherine Juvinao impugnó ante el CNE decisión de la Alianza Verde que obliga a apoyar a Cepeda

La representante a la Cámara Catherine Juvinao presentó ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) una impugnación contra la Resolución 01 de 2026 emitida por la Alianza Verde.

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(EN VIDEO) Catherine Juvinao impugnó ante el CNE decisión de la Alianza Verde que obliga a apoyar a Cepeda
Foto: Cortesía

Dicha Resolución el partido definió su respaldo a la campaña presidencial del senador Iván Cepeda, del Pacto Histórico, por lo que el recurso cuestiona el alcance de la decisión interna y su compatibilidad con los estatutos de la colectividad.

Juvinao argumentó que la resolución desconoce principios establecidos en los estatutos del partido, entre ellos la libertad de tendencias, el pluralismo político e ideológico y la protección de las minorías internas. Según indicó, estos elementos han sido parte del funcionamiento del movimiento en procesos electorales anteriores, en los que se ha permitido a sus militantes tomar decisiones distintas en segundas vueltas sin lineamientos obligatorios.

En su intervención pública, la congresista señaló que la actuación del partido contravendría lo establecido en el artículo 7 de la Ley 130 de 1994, que regula el funcionamiento de las organizaciones políticas y dispone que las decisiones de sus directivas deben respetar los estatutos internos. En este caso, sostiene que la directriz de respaldo único a una candidatura presidencial no se ajusta a ese marco normativo.

La representante también indicó que la resolución ha generado interpretaciones dentro del partido sobre posibles consecuencias disciplinarias para quienes no acaten la decisión mayoritaria. Frente a esto, afirmó que no existirían órdenes previas que obligaran a los militantes a respaldar una única candidatura en procesos presidenciales, lo que a su juicio hace parte del debate interno actual.

En la impugnación presentada ante el CNE, Juvinao solicitó la suspensión provisional de los efectos de la resolución mientras se estudia el fondo del recurso. Además, pidió que se permita a los militantes y a las credenciales del partido apoyar candidaturas presidenciales distintas, incluyendo opciones de centro y centroizquierda como Sergio Fajardo y Claudia López, a quienes la congresista ubica dentro de trayectorias históricas de la colectividad.

Otra de las solicitudes incluidas en el documento es la revisión de la resolución para que, en caso de mantenerse, se ajuste de manera que no limite la libertad de apoyo político en el proceso electoral presidencial. También pidió que la dirección nacional de la Alianza Verde adopte medidas que garanticen el respeto por las minorías internas y el pluralismo en decisiones relacionadas con elecciones.

Juvinao expuso además que su participación en el partido ha estado asociada a una tendencia previamente reconocida por la organización, lo que según su interpretación se reflejó en su designación como cabeza de lista en la circunscripción de Bogotá. A partir de ese antecedente, sostiene que la actual directriz desconoce esa diversidad interna previamente aceptada por la colectividad.

En sus argumentos, la congresista también hizo referencia a la figura de objeción de conciencia dentro del debate interno, señalando que este mecanismo no resuelve la posibilidad de respaldar otras candidaturas, motivo por el cual recurre al CNE como instancia de control electoral.

La decisión de la Alianza Verde de respaldar a Iván Cepeda fue adoptada por mayorías internas del partido. Sin embargo, sectores de la colectividad han manifestado posiciones diferentes frente a esa determinación. Entre los casos mencionados se encuentra el de la representante Katherine Miranda, quien anunció apoyo a otra candidatura, y el de Jota Pe Hernández, quien ha expresado su intención de apartarse de la decisión mientras adelanta un proceso de escisión del partido.

La impugnación presentada por Juvinao se suma a las discusiones internas en la Alianza Verde sobre el alcance de las decisiones colectivas en materia de apoyos presidenciales y el margen de actuación de sus militantes en escenarios electorales.

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