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Gobierno pone freno a los puestos móviles de fotomultas para evitar abusos

El Gobierno Nacional ha implementado una nueva normativa para los vehículos 'cazafotomultas', exigiendo la presencia de un agente de tránsito visible e identificado cuando estos operen como apoyo en controles viales, y estableciendo requisitos específicos para los sistemas de detección automática.

REDACCIÓN
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Gobierno pone freno a los puestos móviles de fotomultas para evitar abusos
Foto: IFMERAImagen procesada con IA

El Gobierno Nacional, bajo la dirección del presidente Abelardo De La Espriella, ha implementado una nueva normativa que busca regular la operación de los vehículos conocidos como ‘cazafotomultas’. Esta medida, que impacta directamente en los puestos de control móviles y la detección de infracciones de tránsito, establece directrices claras para el uso de la tecnología en las vías del país, buscando mayor transparencia y legalidad en los procedimientos.

La principal modificación se centra en la forma en que se emplean estos vehículos equipados con dispositivos para detectar infracciones. Cuando operen como herramientas de apoyo a la labor de un agente de tránsito, será indispensable la presencia física del funcionario. Este agente deberá estar visible, plenamente identificado y será el responsable directo de operar el equipo y expedir el comparendo correspondiente. La intención es asegurar que el control en vía sea efectivo y transparente, evitando registros de infracciones sin la supervisión humana adecuada.

La nueva disposición gubernamental establece una distinción fundamental entre una cámara utilizada por un agente durante un procedimiento de control y un sistema que detecta infracciones de manera completamente automática. Esta diferenciación es clave para entender los requisitos específicos que cada modalidad debe cumplir, buscando evitar confusiones y abusos en su aplicación.

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Si el vehículo y su tecnología forman parte de un control que se desarrolla directamente en la vía, la presencia del agente de tránsito es ineludible. No basta con que una cámara esté instalada en el vehículo; el funcionario debe acompañar la operación, estar presente y manejar el equipo. Esta exigencia busca erradicar la práctica de registrar infracciones sin el control en vía que esta modalidad de detección debería implicar, garantizando la intervención humana en el momento de la infracción.

La regulación de los sistemas automáticos de fotodetección

La resolución también contempla el escenario de los dispositivos que detectan infracciones de forma automática y generan el comparendo posteriormente. En estos casos, el sistema ya no se considera una simple herramienta de apoyo para el agente, sino un mecanismo de fotodetección automática con requisitos específicos y más rigurosos.

Para operar bajo esta modalidad, el sistema debe contar con una autorización previa de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). Además, deberá cumplir con todas las condiciones establecidas para los sistemas de fotodetección, lo que incluye, entre otros aspectos, una justificación técnica sólida que respalde su necesidad, la operación en un punto autorizado y una señalización visible que advierta a los conductores sobre su presencia, promoviendo así la prevención.

Es importante destacar que la nueva normativa no exige que todas las cámaras de tránsito estén permanentemente acompañadas por un agente. Su propósito es definir los requisitos específicos que corresponden según la manera en que se utilice la tecnología, diferenciando claramente entre el apoyo tecnológico a un agente y los sistemas de detección automática, cada uno con sus propias condiciones de legalidad.

Claridad y prevención: los objetivos de la medida

El Ministerio de Transporte ha señalado que una decisión del Gobierno anterior generó confusión al establecer requisitos que no estaban contemplados en la ley y al mezclar dos mecanismos distintos: la fotodetección automática y los dispositivos tecnológicos empleados como apoyo a los agentes de tránsito. La actual administración busca corregir esta situación y brindar claridad a ciudadanos y autoridades.

La ministra de Transporte, Elsa Noguera, afirmó que estas medidas fueron adoptadas siguiendo la instrucción del presidente Abelardo De La Espriella de poner fin a los abusos relacionados con los ‘carros cazafotomultas’. La funcionaria enfatizó que el propósito del control debe ser preventivo y que la tecnología debe contribuir a la seguridad vial, no a la generación de ingresos desmedidos.

“Hemos tomado estas acciones siguiendo la instrucción que nos dio el presidente Abelardo De La Espriella de ponerle freno a los abusos asociados al uso de los ‘carros cazafotomultas’. El presidente ha sido claro: las fotomultas deben servir para salvar vidas, no para hacer negocios con los ciudadanos”, declaró la ministra Noguera. Este cambio también incluye controles estrictos sobre las sanciones generadas por estos vehículos, buscando un equilibrio entre la fiscalización y la protección del ciudadano.

Mecanismos de control y vigilancia

Para asegurar el cumplimiento de la nueva normativa, el Ministerio de Transporte ha instruido al Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (SIMIT) para que no registre las órdenes de comparendo producidas mediante estos sistemas cuando no se hayan cumplido las condiciones exigidas para su utilización, actuando como un filtro de legalidad.

Adicionalmente, la Superintendencia de Transporte será la entidad encargada de vigilar el cumplimiento de esta medida. Tendrá la potestad de investigar a las autoridades de tránsito que utilicen los dispositivos de manera irregular, garantizando así que la implementación de la tecnología se realice dentro del marco legal y con el objetivo primordial de la seguridad vial y el respeto a los derechos de los conductores.

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