Tribunal de Cundinamarca responsabilizó a la Policía por la muerte de Dilan Cruz y ordenó reparación a su familia
El fallo determinó que la institución incurrió en una falla del servicio durante la actuación del entonces ESMAD en las protestas de 2019 y estableció medidas de reparación integral para los familiares del joven fallecido.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró responsable a la Nación, al Ministerio de Defensa y a la Policía Nacional por la muerte de Dilan Cruz, que se dio en noviembre del año 2019 durante una jornada de protesta social en Bogotá.
La decisión judicial estableció que el joven falleció luego de recibir el impacto de una munición tipo bean bag disparada por un integrante del entonces Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD). Según el fallo, la actuación de la institución policial estuvo relacionada con una falla en el servicio por la forma en que se utilizó el elemento durante la manifestación.
La sentencia fue emitida por la Sección Tercera, Subsección A del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, con ponencia del magistrado Juan Carlos Garzón Martínez.
Se señaló que la Policía había clasificado el arma utilizada como “menos letal”, pero no informó de manera suficiente a los uniformados sobre su potencialidad para ocasionar la muerte.
De acuerdo con el Tribunal, esta situación impidió que el uso de la fuerza fuera evaluado bajo los principios de necesidad, proporcionalidad y racionalidad que deben orientar las actuaciones de las autoridades durante procedimientos de control de manifestaciones.
Se concluyó además que las pruebas recopiladas durante el proceso no demostraron la existencia de un escenario que justificara el uso de una munición con capacidad potencialmente letal contra el manifestante. Asimismo, el fallo señaló que los hechos constituyeron una grave violación de derechos humanos, al considerar que se afectaron derechos fundamentales como la vida y el ejercicio de la protesta, incluidos en la Constitución.
La decisión también descartó por completo una posible concurrencia de culpas por parte de Dilan Cruz y estableció que la participación en una manifestación no podía derivar en acciones que comprometieran la integridad o la vida de una persona.
Dentro de las medidas de reparación integral, el Tribunal ordenó al comandante de la Policía Nacional realizar un acto público de reconocimiento institucional de responsabilidad y presentar disculpas a los familiares de Dilan Cruz.
La diligencia deberá cumplirse dentro de los 30 días siguientes a la ejecutoria de la sentencia; además, se ordenó el pago de las agencias en derecho correspondientes a la segunda instancia del proceso, equivalentes a cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes destinados a la parte demandante.
Dilan Cruz Medina tenía 18 años cuando participó en las movilizaciones del paro nacional de noviembre de 2019 en Bogotá. El 23 de noviembre recibió el impacto de una munición disparada por un integrante del antiguo ESMAD y falleció dos días después debido a la gravedad de las lesiones.
Desde entonces, su caso se convirtió en uno de los procesos más emblemáticos sobre el uso de la fuerza pública durante esas manifestaciones sociales que se denominaron “estallido social”, así como las garantías para el ejercicio del derecho a la protesta.

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