Se conoce el texto de la sentencia que extiende la prohibición taurina a corralejas, coleo y peleas de gallos
El texto completo de la sentencia C-374 de 2025 de la Corte Constitucional, con la que se avaló la llamada ley "No más olé", salió a la luz esta semana. Según la senadora Esmeralda Hernández, autora de la norma, confirma el cronograma para el fin de las corridas de toros en 2027 y de las corralejas, el coleo y las peleas de gallos en 2028.
La senadora del Pacto Histórico Esmeralda Hernández anunció en un video publicado en sus redes sociales que "por fin" se conoció la sentencia C-374 de 2025. "El fin de la tortura como espectáculo es un hecho", afirmó la congresista, que impulsó la Ley 2385 de 2024.
La decisión no es nueva. La Sala Plena de la Corte la adoptó en septiembre de 2025, con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, y la dio a conocer entonces en su Comunicado 38. La votación fue unánime. Lo que se conoció ahora es el documento completo, en el que la Corte expone los argumentos de su fallo. En Colombia, el alto tribunal suele anunciar sus decisiones mediante comunicados y publicar el texto íntegro meses después.
En esa providencia, la Corte declaró exequible la Ley 2385 de 2024, es decir, concluyó que se ajusta a la Constitución. La norma prohíbe las corridas de toros, el rejoneo, las novilladas, las becerradas y las tientas. El tribunal descartó los cargos que alegaban vulneración de la diversidad y el patrimonio cultural, del libre desarrollo de la personalidad, de la libertad de expresión y de los derechos adquiridos, así como los reparos por el impacto fiscal de la ley.
Únete al canal de WhatsApp de IFMNOTICIAS para estar informado de manera oportuna y con detalle. IFMNOTICIAS · Información de VerdadUnirmeSin embargo, la Corte declaró inexequible, es decir, contraria a la Constitución, la expresión de la ley que dejaba por fuera de la prohibición "las actividades sobre los toros coleados, las corralejas y las peleas de gallos". Con ello, esas prácticas también quedan cobijadas por el veto. La Corte difirió los efectos de esa parte del fallo por tres años, un plazo pensado para que el Gobierno y las entidades territoriales adelanten procesos de reconversión laboral y cultural.
De acuerdo con la senadora Hernández, las corridas de toros quedarán prohibidas desde el 22 de julio de 2027, cuando se cumplen tres años de la sanción de la ley. Las corralejas, el coleo y las peleas de gallos lo estarían desde el 4 de septiembre de 2028, fecha que corresponde a los tres años del diferimiento fijado por la Corte.
Durante la transición, la ley exige condiciones de bienestar animal en los espectáculos que siguen permitidos, prohíbe destinar recursos públicos a financiarlos y ordena reconvertir los escenarios de propiedad pública. También ordena al Gobierno programas de reconversión económica para quienes dependen de estas actividades, coordinados por una comisión interinstitucional que lidera el Ministerio del Trabajo.
La ley ya superó un segundo examen. El 26 de septiembre de 2026, mediante la sentencia C-312 de 2026, con ponencia del magistrado Vladimir Fernández Andrade, la Corte resolvió dos nuevas demandas acumuladas y mantuvo la norma. En varios de los cargos se remitió a lo ya decidido en la C-374. El magistrado Carlos Camargo Assis salvó su voto.
Además, ante el Consejo de Estado cursa una demanda de nulidad promovida por sectores taurinos contra el Decreto 0703 de 2026, que restringe el uso de puyas, banderillas y espadas e impide la muerte del toro en el ruedo.
El anuncio coincidió con un mensaje del torero español Román Collado, que el domingo 25 de octubre brindó un toro al presidente Abelardo De la Espriella en la Plaza de Acho, en Lima, y pidió: "Ojalá pronto (...) nos dejen trabajar". Las ferias taurinas de Cali y Manizales, previstas entre diciembre de 2026 y enero de 2027, serían de las últimas temporadas antes de que la prohibición entre en vigor.
Preguntas y respuestas de contexto
¿Qué decidió la Corte Constitucional sobre las corralejas, el coleo y las peleas de gallos?
La Corte declaró inconstitucional la excepción que las protegía, por lo cual estas actividades también quedarán prohibidas en todo el país al igual que las corridas de toros.
¿En qué fechas entrarán en vigor estas prohibiciones?
Las corridas de toros finalizarán el 22 de julio de 2027, mientras que las corralejas, el coleo y las peleas de gallos estarán prohibidas a partir del 4 de septiembre de 2028.
¿Qué pasará con las personas que trabajan en estas actividades?
La ley ordena al Gobierno Nacional y a las entidades territoriales adelantar programas de reconversión económica y laboral para quienes dependen de estos espectáculos durante el periodo de transición.
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