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El aumento del salario mínimo de 2026 encara su definición en el Consejo de Estado

El Consejo de Estado entró en la fase final del proceso que decidirá la legalidad del incremento del 23 % decretado para el salario mínimo de 2026. Mientras se produce el fallo, la remuneración permanece vigente en $1.750.905 mensuales y cobija a cerca de 2,4 millones de trabajadores.

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Redacción IFM
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El aumento del salario mínimo de 2026 encara su definición en el Consejo de Estado

El salario mínimo que rige en Colombia durante 2026 fijado en $1.750.905, con un auxilio de transporte de $249.095 afronta la recta final de una disputa judicial que se extiende desde los primeros meses del año. El Decreto 1469 de 2025, expedido por el gobierno anterior, estableció un alza del 23 %, una de las más elevadas de las últimas décadas, que desde entonces ha sido objeto de demandas de nulidad ante el alto tribunal.

La Sección Segunda del Consejo de Estado cerró la etapa probatoria, acumuló las demandas y dispuso tramitarlas mediante sentencia anticipada, al estimar que ya cuenta con los elementos necesarios para decidir. Restan los alegatos finales, el concepto del Ministerio Público y, posteriormente, la sentencia de fondo que determinará si el reajuste se ajustó a la ley. Hasta el momento no se ha proferido un fallo definitivo ni se ha fijado una fecha pública para hacerlo.

El resultado del proceso tiene un alcance que trasciende la nómina de quienes devengan un salario mínimo. Esa cifra sirve de referencia para el cálculo de aportes, sanciones, contratos y numerosas obligaciones económicas, por lo que cualquier decisión incide sobre buena parte del entramado laboral y fiscal del país.

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La ley obliga a sustentar el reajuste anual en criterios técnicos: la inflación causada, la productividad, el crecimiento económico, la participación de los salarios en el ingreso nacional y la capacidad de las empresas. El eje de la controversia es, precisamente, si el decreto ponderó de manera suficiente esos factores.

En febrero, el Consejo de Estado suspendió de forma provisional la norma y ordenó al Ejecutivo expedir una nueva con una justificación económica más detallada. El Gobierno respondió con el Decreto 159 de 2026, de carácter transitorio, que mantuvo el mismo porcentaje y valor. Más adelante, la Sección Segunda levantó la suspensión al considerar que no se había demostrado un perjuicio concreto, con lo que el aumento recuperó plena vigencia.

La Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco) presentó sus alegatos de conclusión y reiteró su solicitud de que el decreto sea declarado nulo. Su presidente, Jaime Alberto Cabal, argumentó que la motivación del acto resulta insuficiente y que el estudio sobre el “salario vital” en el que se apoyó el reajuste no tiene carácter vinculante. El gremio precisó, sin embargo, que una eventual anulación no implicaría que los trabajadores deban devolver los salarios recibidos durante el año, en línea con precedentes del propio tribunal.

Desde el Gobierno, la ministra del Trabajo, Natalia López, aclaró que la remuneración continúa vigente mientras avanza el proceso y que “nadie tiene que devolver un solo peso” por las demandas en curso. La funcionaria agregó que la cartera mantendrá sus labores de inspección y vigilancia para garantizar el pago correcto del salario y las prestaciones.

La definición llega en un momento sensible para el mercado laboral, con la negociación del salario mínimo de 2027 ya en el horizonte. El pronunciamiento del Consejo de Estado no solo cerrará el capítulo de 2026, sino que fijará criterios sobre cómo deben sustentarse los futuros reajustes, un asunto de especial interés para empresarios, centrales obreras y autoridades económicas.

Preguntas y respuestas de contexto

¿Qué está ocurriendo con el salario mínimo de 2026 en Colombia?

El Consejo de Estado se encuentra en la fase final de un proceso judicial para decidir la legalidad del aumento del 23 % decretado para este año. Actualmente, el tribunal analiza si el incremento cumplió con los criterios técnicos de ley tras acumular varias demandas de nulidad.

¿Cuál es el valor actual del salario y a quiénes afecta?

La remuneración vigente es de $1.750.905 mensuales más un auxilio de transporte de $249.095, beneficiando a cerca de 2,4 millones de trabajadores. Esta cifra también sirve como referencia para el cálculo de aportes, sanciones y diversas obligaciones económicas en el país.

¿Qué pasaría con el dinero ya pagado si el decreto es declarado nulo?

Tanto el gremio de comerciantes Fenalco como el Ministerio del Trabajo han aclarado que, bajo ninguna circunstancia, los trabajadores tendrían que devolver el dinero recibido. Un eventual fallo de nulidad no tiene efectos retroactivos sobre los salarios ya devengados durante el año.

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