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TSJC revoca condena contra Dani Alves y lo absuelve por falta de pruebas

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) absolvió al futbolista Dani Alves del delito de agresión sexual por el que había sido condenado a cuatro años de prisión. La decisión, adoptada por unanimidad, revoca la sentencia anterior y deja sin efecto las medidas cautelares impuestas al jugad

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Redacción IFM
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TSJC revoca condena contra Dani Alves y lo absuelve por falta de pruebas

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) absolvió al futbolista Dani Alves del delito de agresión sexual por el que había sido condenado a cuatro años de prisión. La decisión, adoptada por unanimidad, revoca la sentencia anterior y deja sin efecto las medidas cautelares impuestas al jugador.

El tribunal señaló que la resolución que condenó a Alves presentaba «déficits valorativos» que impedían sostener la conclusión del tribunal de instancia. En el fallo, se menciona una «falta de fiabilidad en el testimonio de la denunciante» y se argumenta que no se han superado los estándares exigidos por la presunción de inocencia.

La denuncia se originó a raíz de un hecho ocurrido el 31 de diciembre de 2022 en la discoteca Sutton de Barcelona. Según la sentencia anterior, se consideró probado que Alves había cometido una agresión sexual contra una joven de 23 años. Sin embargo, el TSJC concluyó que las pruebas presentadas no permitían acreditar la hipótesis acusatoria.

Uno de los puntos analizados en la resolución fue la evaluación del testimonio de la denunciante. El tribunal indicó que «la credibilidad no es sinónimo de fiabilidad» y que la valoración de su relato debía contar con elementos objetivos de corroboración. En este sentido, hizo referencia a las imágenes de la discoteca, las cuales no mostraban indicios de la incomodidad que la denunciante afirmó haber sentido antes de los hechos.

Además, la resolución destacó que no se contrastaron adecuadamente pruebas dactiloscópicas y biológicas, las cuales, según el tribunal, apoyaban la versión de la defensa de Alves. También cuestionó la valoración de informes psicológicos presentados como prueba, señalando que no se podía determinar con certeza que los síntomas de la denunciante fueran exclusivamente consecuencia de los hechos denunciados.

El TSJC subrayó que no estaba afirmando que la versión de la defensa fuera la correcta, pero enfatizó que la divergencia entre el relato de la denunciante y los hechos comprobados comprometía la fiabilidad de su testimonio. Ante la falta de pruebas concluyentes, el tribunal determinó que no se había superado el estándar de la presunción de inocencia, lo que llevó a la absolución de Alves y la anulación de las medidas cautelares.

Dani Alves estuvo en prisión preventiva durante 14 meses y recuperó su libertad en marzo de 2024 tras pagar una fianza de un millón de euros. La Fiscalía y la acusación particular habían solicitado penas de hasta 12 años de cárcel. Con esta decisión, el TSJC desestima los recursos presentados por ambas partes y deja sin efecto la condena impuesta al futbolista.

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