Recta final para el traslado pensional: Quedan 11 días para cambiar de régimen antes del cierre del plazo
El próximo 16 de julio vencerá la ventana de oportunidad habilitada para que un grupo específico de cotizantes pueda trasladarse entre el régimen público y el privado. La medida, establecida en el marco de la reforma pensional, aplica únicamente para quienes cumplen determinados requisitos de edad y semanas cotizadas, mientras las administradoras mantienen habilitados los trámites y reiteran la importancia de realizar la doble asesoría antes de tomar una decisión.
El próximo 16 de julio vencerá el plazo establecido para que determinados afiliados al sistema pensional colombiano puedan acogerse a la denominada ventana de oportunidad de traslado entre regímenes. Este mecanismo, habilitado de manera temporal como parte de la implementación de la reforma pensional y en el proceso de revisión de la Ley 2381 de 2024 por parte de la Corte Constitucional, permite el cambio voluntario entre el Régimen de Prima Media administrado por Colpensiones y el Régimen de Ahorro Individual administrado por los fondos privados.
La posibilidad de traslado está dirigida únicamente a un grupo específico de cotizantes. La normativa establece que pueden acceder las mujeres con 47 años o más que acrediten al menos 750 semanas cotizadas y los hombres de 52 años o más que hayan realizado un mínimo de 900 semanas de aportes. La edad exigida debe haberse cumplido antes del cierre del plazo previsto para el 16 de julio.
También pueden acogerse quienes ya alcanzaron la edad de pensión, 57 años en el caso de las mujeres y 62 para los hombres, siempre que aún no tengan reconocida una pensión ni hayan recibido devolución de saldos o indemnización sustitutiva. Asimismo, las personas que actualmente mantienen procesos judiciales relacionados con la ineficacia o nulidad de su afiliación podrán desistir de esas acciones y optar por el mecanismo administrativo previsto para el traslado.
En los últimos días surgieron inquietudes sobre la continuidad del proceso luego de que la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías (Asofondos) expresara preocupación por trabajos de actualización tecnológica anunciados por Colpensiones a pocos días del vencimiento del plazo.
Posteriormente, la administradora pública informó que aplazó esa migración tecnológica con el propósito de no afectar la atención a los usuarios y confirmó que sus 81 puntos de atención, canales virtuales y líneas telefónicas continúan operando con normalidad para recibir las solicitudes de traslado y atender los demás servicios.
El procedimiento para efectuar el cambio contempla varias etapas. En primer lugar, cada trabajador debe verificar que cumple los requisitos establecidos por la norma. Posteriormente debe solicitar la doble asesoría tanto a la administradora donde actualmente cotiza como a aquella a la que pretende trasladarse, ya sea Colpensiones o alguno de los fondos privados como Porvenir, Protección, Colfondos o Skandia.
Durante la doble asesoría, ambas entidades presentan al afiliado una proyección personalizada sobre su situación pensional, con base en variables como edad, semanas cotizadas, salario e historial laboral. Una vez recibida esa orientación, el trabajador podrá decidir si presenta la solicitud formal de traslado, trámite que deberá quedar radicado antes del 16 de julio. Después de presentada la solicitud, la normativa contempla un plazo de cinco días hábiles para ejercer el derecho de retracto. Las administradoras también recomiendan adelantar el proceso con varios días de anticipación para facilitar su procesamiento antes del cierre de la ventana.
Sobre la conveniencia de uno u otro régimen, las administradoras recuerdan que la decisión depende de las condiciones particulares de cada afiliado. El Régimen de Prima Media, administrado por Colpensiones, calcula la pensión con base en el promedio salarial de los últimos diez años y exige el cumplimiento de 1.300 semanas cotizadas. Por su parte, el Régimen de Ahorro Individual permite acceder a la garantía de pensión mínima con 1.150 semanas, siempre que se cumplan los requisitos establecidos, y contempla la devolución de saldos junto con los rendimientos cuando no se alcanza una pensión.
El presidente de Asofondos, Andrés Velasco, señaló que la decisión debe tomarse después de analizar la información suministrada durante la doble asesoría. Según indicó, los análisis realizados por el gremio muestran que ocho de cada diez trabajadores obtienen mejores resultados permaneciendo en un fondo privado, aunque insistió en que cada caso debe evaluarse de manera individual.
De acuerdo con cifras presentadas por Asofondos con corte al 15 de junio de 2026, ya se han concretado 153.392 traslados entre ambos regímenes y se han realizado más de 272.000 procesos de doble asesoría. Las proyecciones del gremio indican que cerca de un millón de trabajadores podían acogerse a esta ventana excepcional, por lo que alrededor de 846.000 personas que cumplen las condiciones todavía tendrían la posibilidad de adelantar el trámite antes del vencimiento del plazo previsto para el 16 de julio.

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