(OPINIÓN) Inviabilidad del contrato Gripen. Por: Martín Eduardo Botero
El sobrecosto del 43% en 3 años es un argumento demoledor. SAAB ofrecía $10 billones hace tres años y hoy el contrato es de $16,5 billones. Ese salto del 43% no está explicado, no tiene soporte técnico divulgado, contradice transparencia contractual internacional. En países como Brasil, Hungría, Sud
El sobrecosto del 43% en 3 años es un argumento demoledor. SAAB ofrecía $10 billones hace tres años y hoy el contrato es de $16,5 billones.
Ese salto del 43% no está explicado, no tiene soporte técnico divulgado, contradice transparencia contractual internacional.
En países como Brasil, Hungría, Sudáfrica y República Checa, este mismo patrón derivó en investigaciones de corrupción. Colombia está repitiendo el patrón.
Suecia, miembro de la UE, está jurídicamente vinculado a regulación anti–lavado, control de exportaciones, régimen de sanciones financieras occidentales.
Si el comprador (Colombia) tiene Presidente sancionado, primera dama sancionada, hijo sancionado, cuentas en riesgo de congelamiento, ningún banco europeo asegurará las transferencias a largo plazo.
El contrato es financieramente inviable mientras subsistan las sanciones. El contrato puede caerse por inviabilidad financiera del Estado.
El artículo 339 de la Constitución exige sostenibilidad fiscal real. Pero Colombia tiene déficit, la deuda crece, el dólar está presionado, la calificación de riesgo país está al alza, las sanciones afectan la capacidad de pago.
Esto basta para que el Consejo de Estado declare inexequible el contrato por causa sobreviniente.
El contrato se firmó sin un CONPES sólido, sin un CONFIS explícito, sin capacidad fiscal asegurada, con una carga de vigencias futuras que compromete a varios gobiernos después de Petro.
Eso se llama abuso del principio de planeación (artículo 209 de la Constitución; Ley 80 y Ley 1150). Si una administración compromete al Estado sin la solvencia ni los requisitos previos, la nulidad es procedente.
Un contrato así puede ser tumbado por:
Consejo de Estado (acción de nulidad).
Corte Constitucional (si se demuestra violación grave al principio de sostenibilidad fiscal).
Contraloría (detrimento patrimonial anticipado).

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