El juicio político a Petro y Carlos Alonso Lucio
Quiero referirme a Carlos Alonso Lucio, a quien muchos creen que viene respaldando el juicio político por violación de topes que colocamos el 3 mayo de 2022. Solo ´puedo decir lo siguiente.
Por: José Manuel Abuchaibe
Quiero referirme a Carlos Alonso Lucio, a quien muchos creen que viene respaldando el juicio político por violación de topes que colocamos el 3 mayo de 2022. Solo ´puedo decir lo siguiente.
Acabo de entender porque Lucio insiste en manipular la realidad de lo que sucede con lo del juicio político que propusimos contra Petro ¿Será que quiere repetir la historia de Samper? Lamentable todo.
A Lucio lo conocí hace poco, me lo llevó al apartamento y me lo presentó el amigo PIERRE ONZAGA, quien puede dar fe de lo que hablamos en ese momento, pero últimamente LUCIO viene actuando en contravía de la lucha que emprendimos por la violación de topes contra Petro. DEJO EN CLARO QUE CON LUCIO CORTAMOS TODA RELACIÓN EN LO RELATIVO A LA COMISION DE ACUSACIONES
Los tiempos estipulados para tramitar una denuncia contra el Presidente son precisos, como se aprecia en la ley 5 de 1992. Son solo 30 días para investigar y posteriormente decidir si proyectan una acusación o preclusión. En eso estamos.
En conclusión, los procesos que se tramitan por denuncias penales no son JUICIOS POLITICOS, PERO LUCIO DICE QUE SI. ¿Qué les parece?
Según la Sentencia C-369/99, Petro al violar el artículo 109 constitucional incurrió en una conducta que no configura delito ni falta disciplinaria sino una causal de indignidad por mala conducta, en cuyo trámite no le son aplicables las normas penales previstas para otro tipo de juicios.
Lucio confunde lo anterior para mi entender seguir un camino que creemos no es leal con nuestros argumentos y mantiene su postura cuando lo de Samper.
La siguiente información, que acabo de encontrar en google, puede ilustrar el proceder de Lucio. No conocía en verdad a Lucio.
En decisión dividida (5 votos contra dos) el máximo juez de la Constitución concluyó que los miembros de las cámaras legislativas son absolutamente inviolables en sus votos y opiniones. Incluso cuando cumplen funciones judiciales.
La sentencia acoge plenamente los argumentos planteados en una acción de tutela de Vivianne Morales que en aquella época era integrante de la Cámara e hizo parte de los 109 congresistas que decidieron no acusar a Samper ante el Senado. El proceso iniciado por la Corte Suprema contra los 109 congresistas produjo un choque de trenes entre dos poderes.
Convirtieron un juicio político en un juicio penal, dándole un giro jurídico.
El senador, en ese entonces, Carlos Alonso Lucio denunció ante la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes a los nueve miembros de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia por haber incurrido presuntamente en el delito de prevaricato. Quería. evitar el proceso que les abrió la Corte Suprema por lo de Samper.
Vivianne Morales, quien presentó la tutela que acabó con el proceso contra 109 congresistas fue muy cercana a Carlos Alonso Lucio, otro de los beneficiados.
¿Queda todo claro?

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