Gobierno expidió nueva regulación para telesalud y telemedicina en Colombia y derogó norma vigente desde 2019
El Ministerio de Salud y Protección Social oficializó la Resolución 001644 del 31 de julio de 2026, con la que redefine los requisitos para la prestación de servicios de telesalud y telemedicina en el país, en una decisión que actualiza el marco normativo del sector y deja sin efecto la reglamentación vigente desde 2019.
Con la expedición de la Resolución número 001644 de 2026, fechada el “31 JUL 2026”, el Ministerio de Salud y Protección Social introdujo una nueva hoja de ruta para el desarrollo de la telesalud y la prestación de servicios médicos bajo la modalidad de telemedicina en Colombia. La normativa, según se lee en el documento oficial, establece “los requisitos y condiciones para el desarrollo de actividades de telesalud y la prestación de servicios de salud en la modalidad de telemedicina en el Sistema General de Seguridad Social en Salud” y, de manera expresa, “se deroga la Resolución 2654 de 2019”.
La decisión se enmarca en la necesidad de actualizar los lineamientos frente a los avances tecnológicos y las nuevas dinámicas de atención médica, especialmente tras la expansión de servicios remotos que se consolidaron en los últimos años. El documento señala que el ministro actúa “en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales”, con base en normas como la Ley 100 de 1993, la Ley 1419 de 2010 y la Ley 2294 de 2023.
En la parte considerativa, la resolución recuerda que el artículo 49 de la Constitución establece que “la atención en salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado”, el cual debe garantizar el acceso a servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Bajo ese principio, se enfatiza la obligación de organizar, dirigir y reglamentar la prestación de estos servicios bajo criterios de eficiencia, universalidad y solidaridad.
Asimismo, se cita la Ley 715 de 2001, que asigna a la Nación la dirección del sistema de salud y le otorga competencias para expedir la regulación aplicable. En ese sentido, el documento resalta que dicha facultad permite “establecer, actualizar y ajustar los requisitos, condiciones y estándares técnicos, administrativos y operativos relacionados con la prestación de servicios de salud”.
Uno de los pilares de la resolución es la consolidación de la telesalud como herramienta clave para mejorar el acceso, especialmente en regiones apartadas. La norma retoma lo dispuesto por la Ley 1419 de 2010, la cual fijó los lineamientos para el desarrollo de la telesalud en Colombia, destacando principios como la eficiencia, la integralidad y la calidad, apoyados en el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC).
El documento también hace referencia a la Ley 1438 de 2011, subrayando la importancia de las redes integrales de servicios de salud para garantizar atención “precisa, oportuna y pertinente”, con el objetivo de “reducir complicaciones, optimizar recursos y lograr resultados clínicos eficaces y costo-efectivos”. En este contexto, la telemedicina aparece como un componente fundamental en la articulación del sistema.
De igual forma, la resolución destaca lo establecido en la Ley 1751 de 2015, que reconoce la salud como un derecho fundamental y obliga al Estado a garantizar su acceso efectivo. En esa línea, se indica que la telesalud y la telemedicina “constituyen mecanismos que favorecen la accesibilidad” a los servicios, ampliando la cobertura y reduciendo barreras geográficas.
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