Presidencia respondió que no tiene competencia para autorizar una posesión presidencial fuera del Capitolio
La Jefatura de Despacho Presidencial respondió a una solicitud relacionada con la posibilidad de realizar la ceremonia de posesión presidencial en instalaciones militares y concluyó que esa alternativa no es procedente.
La Presidencia de la República emitió una comunicación oficial en la que descarta la posibilidad de adelantar la ceremonia de posesión presidencial en instalaciones militares o en un lugar distinto al Capitolio Nacional, al señalar que esa decisión no está dentro de las competencias de la Jefatura de Despacho Presidencial y que cualquier modificación del sitio donde tradicionalmente se realiza el acto corresponde al Congreso de la República.
En el oficio identificado con el consecutivo OFI26-00124433/GFPU, la entidad sostiene que "la Jefatura de Despacho no tiene competencia para autorizar, avalar ni gestionar que la ceremonia de posesión se realice en una instalación militar o en cualquier sede distinta al Capitolio Nacional", precisando además que cualquier modificación de ese carácter "excede el ámbito protocolario del Decreto 770 de 1982 y corresponde, en todo caso, a una decisión propia del Congreso de la República".
La respuesta también hace referencia al marco constitucional que regula la presencia de armas en determinados escenarios públicos. En ese sentido, recuerda que el artículo 223 de la Constitución Política establece que el permiso para portar armas "no podrá extenderse a los casos de concurrencia a reuniones políticas, a elecciones, o a sesiones de corporaciones públicas o asambleas, ya sea para actuar en ellas o para presenciarlas", salvo la excepción prevista para los cuerpos de seguridad permanentes autorizados por la ley y bajo el control del Gobierno.
Según el documento, esa disposición constitucional responde a la necesidad de preservar el carácter civil de las corporaciones públicas y de los actos oficiales que allí se desarrollan. Por ello, la Presidencia sostiene que la naturaleza de la ceremonia de posesión presidencial debe mantenerse dentro de esos parámetros institucionales.
Uno de los apartados del oficio aborda expresamente la solicitud de apoyo para realizar visitas anticipadas a diferentes instalaciones militares, entre ellas la Vigésima Brigada en Popayán, el CACOM 7, el Cantón Militar Pichincha en Cali, Tolemaida y la CAMAN en Madrid (Cundinamarca).
Sobre ese punto, la respuesta es categórica al señalar que "la solicitud de apoyo para la visita anticipada (...) en cuanto se encuentra motivada, según su propia comunicación, en la eventual decisión de realizar allí la posesión presidencial, no es procedente, por los fundamentos expuestos en el numeral anterior".
Con esta argumentación, la Presidencia deja claro que no dará trámite a las gestiones solicitadas para inspeccionar esas instalaciones con miras a una eventual realización de la ceremonia de posesión en alguna de ellas.
No obstante, el documento mantiene abierta la disposición para avanzar en los aspectos logísticos y ceremoniales que sí correspondan dentro del marco legal vigente. En su cierre, la comunicación indica: "Quedamos atentos a coordinar con su delegación los aspectos protocolarios correspondientes".
La respuesta está suscrita por José Raúl Moreno, jefe de Despacho Presidencial, quien formaliza la posición institucional frente a la solicitud recibida.
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