Gobierno Nacional entregó nuevas funciones para la Vicepresidencia: Confianza plena en José Manuel Restrepo para impulsar la coordinación y el desarrollo nacional
El Gobierno Nacional ha asignado nuevas y concretas funciones al Vicepresidente de la República mediante el Decreto 1373 de 2026, buscando fortalecer la coordinación interinstitucional y la ejecución de iniciativas estratégicas para el desarrollo del país.
El Gobierno Nacional ha redefinido y fortalecido el rol de la Vicepresidencia de la República mediante la expedición del Decreto 1373 de 2026. Este acto administrativo, emitido por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República bajo la dirección de Carlos Ríos, asigna al Vicepresidente funciones concretas y estratégicas, con el objetivo de potenciar la coordinación interinstitucional y la ejecución de iniciativas clave para el progreso del país.
La medida se fundamenta en el marco constitucional colombiano, específicamente en el artículo 202 de la Constitución Política, que faculta al Presidente de la República para delegar misiones o encargos especiales al Vicepresidente. Adicionalmente, se invoca el artículo 209 de la Carta Magna, el cual establece que la función administrativa debe servir a los intereses generales y desarrollarse bajo los principios de igualdad, moralidad, eficacia y economía, promoviendo la coordinación entre las entidades para el cumplimiento de los fines del Estado.
El decreto subraya la imperante necesidad de una acción coordinada en áreas cruciales como la productividad, la competitividad, el aprovechamiento del talento humano, la modernización del Estado, la aceleración de inversiones estratégicas, la agroindustria y la tecnología. Se busca una articulación que, sin reemplazar ni subordinar las competencias propias de las entidades de la Rama Ejecutiva, genere eficiencias significativas en la ejecución de las prioridades estratégicas del Gobierno. Esta intervención es especialmente relevante para la recuperación y el desarrollo de entidades territoriales y sectores que, por circunstancias coyunturales, demandan un apoyo específico, consolidando así un mayor desarrollo económico y social para Colombia.
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El Artículo 1 del Decreto 1373 de 2026 confía al Vicepresidente de la República la misión general de coordinación interinstitucional e intersectorial de las iniciativas de interés nacional. Esta misión abarca áreas fundamentales como la transformación del Estado, la educación, los recursos estratégicos, la seguridad energética, el crecimiento económico, la competitividad, la productividad, la estabilidad macroeconómica, el desarrollo de inversión nacional y extranjera, y la inserción estratégica de Colombia en el contexto internacional.
Para cumplir con esta misión, el Vicepresidente promoverá la articulación entre las distintas entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional. Además, fomentará la colaboración armónica con las demás ramas y órganos autónomos del Estado, las entidades territoriales, y asegurará la participación ciudadana cuando sea necesaria para el desarrollo de estas iniciativas de interés nacional.
Misiones especiales y estratégicas
El Artículo 3 del decreto detalla una serie de misiones especiales asignadas al Vicepresidente, que profundizan en los objetivos estratégicos del Gobierno.
Entre estas misiones se encuentra la Estrategia Talento ColombiA, que implica coordinar y articular la creación e implementación de esta iniciativa. Su propósito es cerrar la brecha entre la formación del talento humano y las demandas de la economía basada en el conocimiento, incluyendo competencias en inteligencia artificial, tecnologías avanzadas y la exportación de servicios.
Otra misión clave es la modernización, simplificación e interoperabilidad del Estado, buscando impulsar la modernización y simplificación institucional, así como la consolidación de un Estado inteligente y sin barreras. Esto se logrará mediante el uso de inteligencia artificial, analítica de datos y gestión basada en la inteligencia.
En cuanto a los recursos estratégicos, el Vicepresidente deberá coordinar y articular con la institucionalidad las acciones para dinamizar proyectos relacionados con estos recursos. Esto incluye la generación y transmisión de energía, hidrocarburos, minerales críticos y las energías renovables.
La misión de inversiones estratégicas y crecimiento internacional abarca estructurar, atraer, facilitar, acelerar y materializar inversiones estratégicas, incluyendo los Proyectos de Interés Nacional Estratégico (PINES). También se brindará acompañamiento en la internacionalización de la economía, con la construcción de bancos de proyectos estratégicos y la realización de “Semanas Milagro” de inversión en diversas regiones del mundo, buscando la integración de Colombia en las cadenas globales de valor y el fortalecimiento para el crecimiento.
Finalmente, en el ámbito de la productividad, competitividad y estabilidad macroeconómica, el Vicepresidente coordinará y articulará acciones de apoyo a la productividad, la competitividad, la agroindustria, las tecnologías y actividades de innovación financiera, la estabilidad macroeconómica y el crecimiento de la economía nacional.
Adicionalmente, el Artículo 3.6 establece que el Vicepresidente tendrá a su cargo las demás misiones de articulación y coordinación interinstitucional e intersectorial que resulten necesarias para el cumplimiento de la misión general prevista en el decreto.
Implementación y vigencia del decreto
Para el cumplimiento de estas misiones, el Artículo 4 faculta al Vicepresidente de la República para expedir los instructivos, circulares o documentos que considere necesarios. El Decreto 1373 de 2026 rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Decreto 1188 del 19 de septiembre de 2024, lo que indica una actualización y redefinición de las funciones vicepresidenciales.
Este importante acto administrativo fue firmado por Carlos Andrés Ríos Puerta, Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, consolidando así el marco de acción para el Vicepresidente en la promoción del desarrollo y la eficiencia del Estado colombiano.


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