La JEP acreditó a 104 hombres como víctimas de violencia sexual
En una decisión sin precedentes, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) acreditó a 104 hombres como víctimas de violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado, por hechos ocurridos entre 1998 y 2009 en el marco del conflicto armado. El reconocimiento se dio en el contexto del Subcaso 01 del
En una decisión sin precedentes, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) acreditó a 104 hombres como víctimas de violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado, por hechos ocurridos entre 1998 y 2009 en el marco del conflicto armado.
El reconocimiento se dio en el contexto del Subcaso 01 del Caso 11, centrado en la investigación de violencias basadas en género cometidas por la fuerza pública contra civiles, y del Subcaso Gran Magdalena del Caso 08, que investiga crímenes perpetrados por integrantes de la fuerza pública, otros agentes del Estado y actores armados ilegales en alianza con estructuras paramilitares o terceros.
El magistrado Óscar Parra, relator del Subcaso 02 del Caso 11 y correlator del Subcaso Gran Magdalena, subrayó el coraje de las víctimas al relatar sus experiencias, pese a las barreras culturales que, según sus palabras, “imponen su silencio”. De los 104 hombres reconocidos como víctimas, 35 eran menores de edad en el momento de los hechos, con edades que oscilaban entre los 5 y 18 años.
Según el comunicado emitido por la JEP, estas víctimas fueron sometidas a actos de violencia sexual utilizados de forma deliberada como mecanismos de castigo, humillación y control, enmarcados en estructuras de poder basadas en el género.
La jurisdicción también resaltó que el año 2000 concentró el mayor número de estos crímenes, con 50 casos registrados en ese periodo. La Sala de Reconocimiento de Verdad estableció que la violencia sexual ejercida contra hombres, niños y adolescentes fue una forma específica de violencia de género, empleada estratégicamente por actores armados para imponer control social, económico y territorial.
Estas agresiones, según lo documentado, buscaban atacar la masculinidad de las víctimas, mediante prácticas que pretendían humillar, someter y despojarlas de características asociadas a estereotipos de virilidad y masculinidad dominante.
La JEP destacó que esta decisión representa un precedente histórico tanto en Colombia como en el ámbito internacional de la justicia transicional, al visibilizar patrones, causas e impactos específicos de la violencia sexual contra hombres y niños, hechos que históricamente han sido invisibilizados o minimizados en el contexto del conflicto armado.

Noticias relacionadas
Fiscalía ocupa bienes atribuidos a Charlie Zaa por presuntos vínculos con las AUC
La Fiscalía General de la Nación confirmó la ocupación con fines de extinción de dominio de varios…
Corte Suprema negó a Karen Astrith Manrique Olarte permiso para asistir a su posesión como representante a la Cámara
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia negó la solicitud presentada…
Juzgado revocó tutela contra Abelardo De La Espriella por episodio ocurrido durante entrevista en Piso 8
El Juzgado Veinticinco Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá revocó el fallo…