Fiscalía reactivó órdenes de captura contra tres representantes del Ejército Gaitanista de Colombia
La Fiscalía General de la Nación ordenó reactivar la ejecución de las órdenes de captura que permanecían suspendidas contra tres integrantes del denominado Ejército Gaitanista de Colombia, luego de que el Gobierno nacional revocara su designación como representantes en el espacio de conversación sociojurídico con esa organización armada. La decisión quedó consignada en la Resolución No. 0284 del 11 de septiembre de 2026.
Un nuevo giro en el proceso de diálogo con el denominado Ejército Gaitanista deColombia, EGC, quedó registrado en una resolución expedida por la Fiscalía General dela Nación, mediante la cual se dispuso la reactivación de las órdenes de captura que habían sido suspendidas para quienes ejercían como representantes de esa organización en un espacio de conversación con el Gobierno nacional.
El documento, fechado el 11 de septiembre de 2026 y titulado “Por la cual se reactivanunas órdenes de captura”, establece que la medida cobija a tres personas que habíansido reconocidas como representantes del EGC en el marco de los acercamientosadelantados con el Estado.
La decisión fue adoptada por la Fiscalía General de la Nación en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, y hace referencia a las disposiciones contenidas en la Ley 2272 de 2022 y el Decreto 1081 de 2015, además de una sentencia de la Corte Constitucional citada en el acto administrativo.
Únete al canal de WhatsApp de IFMNOTICIAS para estar informado de manera oportuna y con detalle. IFMNOTICIAS · Información de VerdadUnirmeDe acuerdo con la resolución, previamente se habían expedido diferentes actos administrativos mediante los cuales se suspendió la ejecución de órdenes de capturacontra integrantes de organizaciones designadas por el Gobierno nacional para participar en procesos de diálogo, negociación, acercamientos o conversaciones en el marco de una política de paz.
El punto central de la nueva determinación está relacionado con la terminación del espacio de conversación sociojurídico que se había establecido entre representantes del Gobierno y el EGC.
Según el documento, mediante la Resolución Presidencial 398 del 11 de septiembre de2026, “se dio por terminado el Espacio de Conversación Sociojurídico entre los representantes autorizados del Gobierno nacional y el Grupo Armado Organizado Autodenominado ‘Ejército Gaitanista de Colombia – EGC’”.
La resolución también señala que, en la misma fecha, mediante la Resolución 397, fue revocada la designación de los miembros representantes de esa organización armada. Como consecuencia de esta decisión, dejaron de existir las condiciones administrativasque permitían mantener suspendida la ejecución de las órdenes de captura.
La Fiscalía explicó en el documento que, como consecuencia de la revocatoria de ladesignación de los representantes, “se impone la reactivación de las órdenes de captura de todas aquellas personas que, por ostentar tal calidad, tienen el beneficio desuspensión de la ejecución de las órdenes de captura que pesan en su contra”.
La medida cobija, según la resolución, a Orzman Osten Blanco identificado con el aliasRodrigo Flechas; Elkin Casarrubia Posada, conocido como El Cura; y Luis ArmandoPérez Castañeda, identificado con el alias Bruno o Jerónimo.
Los tres aparecen relacionados en el artículo primero de la resolución, en el que laFiscalía establece de manera expresa: “REACTIVAR la ejecución de las órdenes de captura dictadas en contra de los exmiembros representantes del autodenominado ‘Ejército Gaitanista de Colombia – EGC’”.
La decisión representa un cambio sustancial frente a la situación jurídica que tenían lostres integrantes mientras permanecían reconocidos como representantes en el espaciode conversación sociojurídico. La suspensión de las órdenes de captura estaba vinculada directamente con esa condición y con las disposiciones adoptadas por elGobierno en el marco de los acercamientos.
Con la terminación del espacio y la revocatoria de las designaciones, la Fiscalía determinó que debía levantarse dicha suspensión y restablecerse la ejecución de las órdenes judiciales correspondientes.
El documento conocido también deja en evidencia cómo las decisiones políticas y administrativas relacionadas con los procesos de paz y de acercamiento con organizaciones armadas tienen efectos directos sobre las actuaciones de las autoridades judiciales. En este caso, la Fiscalía fundamentó su determinación precisamente en el cambio de las condiciones que habían permitido suspender temporalmente las órdenes de captura.
La Resolución No. 0284, firmada el 11 de septiembre de 2026, establece así una nuevasituación para los tres antiguos representantes del EGC, quienes dejan de contar con elbeneficio asociado a su participación en el espacio de conversación sociojurídico.
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