Dos años después, Consejo de Estado anuló el nombramiento de Luis Gilberto Murillo como canciller por inhabilidad constitucional
El Consejo de Estado anuló, en segunda instancia, el nombramiento de Luis Gilberto Murillo como ministro de Relaciones Exteriores al concluir que estaba inhabilitado para ejercer el cargo debido a una condena penal ejecutoriada por un delito contra el patrimonio del Estado. La decisión revoca un fallo anterior y deja sin efectos el decreto mediante el cual el presidente Gustavo Petro lo designó como canciller en mayo de 2024.
El alto tribunal revocó la decisión de primera instancia
Un año y medio después de que Luis Gilberto Murillo dejara el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Consejo de Estado emitió un fallo definitivo que declaró la nulidad de su nombramiento como canciller del Gobierno de Gustavo Petro.
La decisión fue adoptada por la Sección Quinta del alto tribunal, con ponencia de la magistrada Gloria María Gómez Montoya, que concluyó que Murillo se encontraba inhabilitado para ocupar el cargo al momento de su designación, debido a una condena penal ejecutoriada por un delito relacionado con el patrimonio público.
Con esta determinación, el Consejo de Estado revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado las pretensiones de la demanda y, en su lugar, declaró la nulidad del Decreto 657 del 21 de mayo de 2024, mediante el cual el presidente Petro oficializó el nombramiento de Murillo como ministro de Relaciones Exteriores.
La condena de 1997 fue determinante para el fallo
El eje central de la decisión judicial fue una sentencia emitida el 29 de agosto de 1997 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial del Chocó.
En esa oportunidad, Luis Gilberto Murillo fue condenado a seis meses de prisión por el delito de peculado por aplicación oficial diferente. Además de la pena privativa de la libertad, la sentencia impuso una multa de mil pesos y la interdicción de derechos y funciones públicas por el término de un año.
Aunque esa condena ocurrió hace casi tres décadas, el Consejo de Estado consideró que el antecedente produce una inhabilidad de carácter constitucional que impedía su designación como canciller.
En la providencia, el tribunal recordó que el inciso quinto del artículo 122 de la Constitución Política establece que quienes hayan sido condenados por delitos contra el patrimonio del Estado no pueden desempeñar cargos públicos en las condiciones allí previstas.
“Como en este caso la condena fue por un delito en contra del patrimonio del Estado, el señor Luis Gilberto Murillo Urrutia se encontraba incurso en la inhabilidad prevista en el inciso quinto del artículo 122 de la Constitución Política para la fecha de su designación como ministro de Relaciones Exteriores, circunstancia que configura la causal de nulidad invocada por el demandante”, señala la sentencia.
El decreto de nombramiento quedó sin efectos
Como consecuencia del análisis constitucional, el Consejo de Estado dejó sin validez jurídica el decreto expedido por el Gobierno Nacional para designar a Murillo al frente de la Cancillería.
La decisión representa un cambio frente a la conclusión adoptada inicialmente por el Tribunal Administrativo que había estudiado el caso y había considerado ajustado a derecho el nombramiento.
Sin embargo, tras resolver el recurso de apelación, el máximo tribunal de lo contencioso administrativo concluyó que la inhabilidad constitucional era aplicable y suficiente para declarar la nulidad del acto administrativo.
Se trata de una decisión de segunda instancia, por lo que pone fin al proceso judicial relacionado con la legalidad de la designación del exfuncionario.
Murillo ocupó dos cargos de alto nivel durante el Gobierno Petro
Luis Gilberto Murillo fue uno de los funcionarios con mayor protagonismo en la política exterior del Gobierno de Gustavo Petro.
Antes de asumir la Cancillería se desempeñó como embajador de Colombia en Estados Unidos, cargo desde el cual lideró la relación diplomática con Washington durante una etapa clave de la administración.
Posteriormente, el 8 de febrero de 2024, fue designado como ministro de Relaciones Exteriores encargado, luego de que la Procuraduría General suspendiera provisionalmente al entonces canciller Álvaro Leyva Durán por tres meses dentro de la investigación disciplinaria relacionada con el proceso contractual para la elaboración de pasaportes.
Meses después, el presidente Petro oficializó su nombramiento en propiedad mediante el Decreto 657 del 21 de mayo de 2024, acto administrativo que ahora fue anulado por el Consejo de Estado.
Murillo permaneció aproximadamente ocho meses al frente de la Cancillería, periodo durante el cual participó en distintos escenarios internacionales y encabezó la política exterior colombiana.
Su gestión coincidió con tensiones diplomáticas con Estados Unidos
Durante su paso por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Murillo fue una de las principales figuras del Gobierno colombiano en medio de la crisis diplomática que se presentó entre la administración de Gustavo Petro y el Gobierno estadounidense encabezado por Donald Trump.
Su gestión estuvo marcada por diversos esfuerzos diplomáticos para mantener el diálogo bilateral en un contexto de tensiones políticas y diferencias entre ambos gobiernos.
Posteriormente, el Ejecutivo designó como nueva ministra de Relaciones Exteriores a Laura Sarabia Torres, una de las funcionarias de mayor cercanía política con el presidente Gustavo Petro desde el inicio de su administración en 2022.
Un precedente sobre las inhabilidades para ejercer cargos públicos
La decisión del Consejo de Estado constituye un pronunciamiento sobre el alcance de las inhabilidades previstas en la Constitución para acceder a altos cargos del Estado.
Con este fallo, el alto tribunal reafirmó que los antecedentes derivados de condenas por delitos contra el patrimonio público deben ser evaluados al momento de realizar nombramientos en la administración nacional, independientemente del tiempo transcurrido desde la imposición de la sentencia.
La providencia deja sin efectos jurídicos la designación de Luis Gilberto Murillo como canciller y se convierte en un referente dentro de la jurisprudencia relacionada con el cumplimiento de los requisitos constitucionales para ocupar cargos de dirección en el Estado colombiano.
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