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Corte Constitucional: CNE es competente para investigar topes de campaña

La Corte Constitucional ha reafirmado que el Consejo Nacional Electoral (CNE) es la entidad competente para investigar posibles violaciones a los topes de financiación en la campaña presidencial de Gustavo Petro.

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Redacción IFM
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Corte Constitucional: CNE es competente para investigar topes de campaña

La Corte Constitucional ha reafirmado que el Consejo Nacional Electoral (CNE) es la entidad competente para investigar posibles violaciones a los topes de financiación en la campaña presidencial de Gustavo Petro.

La decisión se formalizó en el Auto N° 916, emitido el 22 de mayo de 2024 y publicado recientemente por la Corte.

El Auto N° 916 establece claramente que, conforme al mandato del artículo 265 de la Constitución y lo regulado por el artículo 21 de la Ley Estatutaria 996 de 2005, es el CNE quien tiene la autoridad para determinar si hubo violaciones a los topes de financiación en la campaña de Petro.

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La decisión de la Corte reafirma la jurisdicción exclusiva del CNE en esta materia, destacando que esta atribución es preferente y vinculante.

El extracto relevante del auto reza:

«Esta Corte evidencia que, de acuerdo con el mandato del artículo 265 de la Constitución y lo regulado por el artículo 21 de la Ley Estatutaria 996 de 2005, el Consejo Nacional Electoral es la autoridad competente para definir si en la campaña presidencial demandada se presentó o no violación de topes de financiación, siendo esta una atribución preferente.»

Esta decisión judicial tiene varias implicaciones importantes:

1. Claridad jurídica: Reafirma la competencia del CNE para investigar y sancionar cualquier irregularidad en la financiación de campañas políticas, proporcionando una mayor claridad jurídica en torno a la supervisión electoral.

2. Transparencia y rendición de cuentas: La investigación sobre los topes de campaña de Petro será llevada a cabo por el CNE, lo que podría contribuir a una mayor transparencia y rendición de cuentas en el proceso electoral.

3. Precedente legal: La decisión sienta un precedente importante para futuras investigaciones sobre financiación de campañas, estableciendo un marco claro y definido sobre la competencia del CNE en estos asuntos.

El Consejo Nacional Electoral investigará finanzas de la campaña Petro
Foto: CNE.

La determinación la tomó luego de estudiar cuál autoridad es la competente para conocer la acción popular instaurada por la ONG Mipofaamcol contra la campaña del presidente Gustavo Petro de 2022, y de la Coalición Pacto Histórico, la cual llegó a dos juzgados: el Juzgado 21 Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado 29 Civil del Circuito de Bogotá.

La Corte resolvió el conflicto luego de que ambos juzgados señalaran que no tenían la competencia para adelantar la investigación.

Cabe recordar que la ONG presentó una acción popular en contra de la campaña electoral del presidente Gustavo Petro Urrego y de la Coalición Pacto Histórico, mediante la cual pretende que, por sentencia judicial, se determine si esa campaña electoral violó los topes legales de financiación.

El Juzgado 21 Administrativo del Circuito de Bogotá explicó que “el hecho generador de la presunta vulneración se relaciona con la violación de los topes de gastos permitidos para las campañas presidenciales de 2022, que son organizaciones de carácter privado”, mientras que el Juzgado 29 Civil del Circuito de Bogotá resaltó la competencia preferente del Consejo Nacional Electoral para resolver el caso.

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