Gobierno reglamentó cambios en la cédula para incluir las categorías No Binario y Transgénero
El Gobierno nacional expidió el Decreto 0732 de 2026, mediante el cual reglamenta el procedimiento para actualizar el componente sexo en los documentos de identidad. La norma incorpora las categorías no binario y transgénero, además de las opciones femenino y masculino, y establece que el primer trámite notarial será gratuito y no requerirá la presentación de certificados médicos o psicológicos.
Con la expedición del Decreto 0732 de 2026, las personas que deseen que sus documentos de identificación reflejen su identidad de género podrán solicitar la actualización del componente sexo mediante un procedimiento que iniciará en una notaría y concluirá con la modificación de la información ante la Registraduría Nacional del Estado Civil.
La reglamentación establece que, además de las categorías femenino y masculino, los documentos de identidad podrán registrar las opciones no binario, identificada con las letras NB, y transgénero, representada con la letra T. Estas nuevas alternativas estarán disponibles para quienes decidan realizar el trámite de actualización conforme a los requisitos previstos en la norma.
De acuerdo con la información divulgada por el Ministerio de Justicia, el decreto fue expedido en cumplimiento de los lineamientos fijados por la Corte Constitucional sobre el reconocimiento de la identidad de género en los documentos oficiales de identificación. La reglamentación desarrolla el procedimiento administrativo para que las personas interesadas puedan solicitar la modificación de la información registrada.
Uno de los aspectos contemplados en la nueva disposición es que el primer trámite notarial para corregir el componente sexo no tendrá costo para quien lo solicite. El Gobierno indicó que esta medida busca facilitar el acceso al procedimiento y eliminar barreras económicas para quienes decidan realizar la actualización por primera vez.
El decreto también señala que las personas interesadas no deberán presentar diagnósticos médicos, evaluaciones psicológicas ni otro tipo de certificaciones para acceder a la modificación del componente sexo. La actualización se fundamentará en la manifestación de la persona solicitante respecto de la identidad de género con la que desea ser identificada en sus documentos oficiales.
Durante el procedimiento adelantado ante la notaría, la atención deberá realizarse conforme al nombre identitario de la persona que presenta la solicitud. La norma dispone que el trámite debe desarrollarse con respeto a la identidad expresada por el solicitante durante todas las etapas del proceso.
Una vez concluida la actuación notarial, el interesado deberá acudir a la Registraduría Nacional del Estado Civil para actualizar la información en los registros oficiales y expedir los nuevos documentos de identificación con las modificaciones correspondientes. El decreto diferencia ambos procedimientos y establece que la actuación en la notaría constituye el paso previo a la actualización registral.
La reglamentación aclara que la medida no implica la modificación automática de los documentos de identidad de todos los ciudadanos. El procedimiento únicamente será aplicado a quienes voluntariamente decidan solicitar el cambio y cumplan con las etapas previstas por las autoridades competentes.
Según cifras de la Registraduría Nacional del Estado Civil, entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de enero de 2026 fueron registradas 7.916 correcciones del componente sexo en documentos de identidad de personas mayores de edad con identidades de género diversas. Esos datos muestran que este tipo de solicitudes ya se venían tramitando antes de la expedición del Decreto 0732 de 2026.
Con la nueva reglamentación, el Gobierno define de manera expresa las categorías que podrán incorporarse en los documentos oficiales y establece las condiciones bajo las cuales deberá desarrollarse el procedimiento administrativo. La norma también fija la gratuidad del primer trámite notarial y elimina la exigencia de certificados médicos o psicológicos como requisito para solicitar la actualización del componente sexo.

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