Gobierno expidió el primer marco regulatorio para el cierre de minas
El Gobierno Nacional oficializó un nuevo modelo para el cierre de minas en Colombia mediante el Decreto 0742 de 2026, una normativa que convierte esta etapa en un componente obligatorio del ciclo de vida de los proyectos mineros. La reglamentación incorpora exigencias ambientales, sociales, laborales y financieras orientadas a garantizar la recuperación de los territorios intervenidos.
Colombia dio un paso en la regulación del sector minero con la expedición del Decreto 0742 de 2026, una norma que establece por primera vez un marco jurídico específico para el cierre de minas y que obliga a las empresas del sector a planificar esta fase desde el comienzo de cada proyecto extractivo.
La medida, anunciada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, busca incorporar el cierre minero como una etapa integral de la actividad, con el propósito de prevenir pasivos ambientales y garantizar la recuperación de los ecosistemas una vez concluyan las operaciones.
Según la información divulgada por el Gobierno, "el cierre minero" se convierte en "una fase obligatoria del ciclo de vida de los proyectos y exige que sea planificado desde el comienzo y ejecutado durante toda la operación", lo que implica que las empresas deberán incorporar estas obligaciones desde las primeras etapas de planeación.
El nuevo marco regulatorio establece que los Planes de Cierre deberán incluir medidas concretas para la recuperación ambiental de las áreas intervenidas. En ese sentido, el decreto dispone que estos planes incorporen "acciones de restauración ecológica, recuperación de cuerpos de agua, rehabilitación de suelos, monitoreo poscierre, participación de las comunidades y garantías financieras para asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales".
De acuerdo con la comunicación oficial, la reglamentación busca llenar un vacío normativo que durante años dificultó exigir de manera integral el cumplimiento de las responsabilidades derivadas del cierre de las explotaciones mineras.
El documento explica que el objetivo es evitar que las operaciones concluyan dejando impactos ambientales sin atender, ecosistemas degradados o incertidumbre sobre el futuro de los territorios donde se desarrolló la actividad extractiva.
Asimismo, el Gobierno indicó que los titulares mineros estarán obligados a ejecutar de manera progresiva las acciones de recuperación durante el desarrollo de los proyectos y mantener actividades de seguimiento y monitoreo una vez finalicen las operaciones, con el fin de verificar la efectividad de las medidas implementadas.
La nueva normativa también asigna responsabilidades institucionales para avanzar en la implementación del modelo. En ese sentido, se informó que "los ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de Minas y Energía expedirán en los próximos seis meses los términos de referencia para implementar el nuevo modelo de cierre minero", documentos que definirán los lineamientos técnicos para la elaboración y evaluación de los planes exigidos por el decreto.
La reglamentación incorpora, además de los componentes ambientales, obligaciones relacionadas con aspectos sociales, laborales y financieros, buscando que el cierre de los proyectos sea una fase planificada y no una actuación posterior al agotamiento de los recursos minerales.
Con esta disposición, el Ejecutivo pretende fortalecer la protección ambiental en las zonas donde se desarrolla la minería y promover procesos de recuperación que permitan restablecer las condiciones de los ecosistemas intervenidos.
El Decreto 0742 de 2026 establece un cambio en la forma como deberán estructurarse los proyectos mineros en Colombia, al convertir el cierre de minas en una obligación permanente durante toda la operación y no únicamente al finalizar la explotación.
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