Saltar al contenido

Gobierno De La Espriella ordenó acelerar la reorganización de funciones tras liquidación del Ministerio de Igualdad

La Presidencia de la República expidió la Directiva Presidencial No. 02 del 9 de septiembre de 2026, con instrucciones para garantizar la continuidad de los programas, recursos y responsabilidades que estaban en cabeza del Ministerio de Igualdad y Equidad, entidad cuya liquidación fue ordenada mediante el Decreto 626 de junio de este año.

REDACCIÓN
REDACCIÓN
4 min lectura
Escuchar artículo
Gobierno De La Espriella ordenó acelerar la reorganización de funciones tras liquidación del Ministerio de Igualdad

El proceso de liquidación del Ministerio de Igualdad y Equidad entró en una nueva etapa luego de que el presidente Abelardo De La Espriella impartiera directrices específicas a los ministros del Interior, Hacienda y Crédito Público y Justicia y del Derecho, así como al director del Departamento Administrativo de la Función Pública y a la directora del Departamento de Prosperidad Social.

La Directiva Presidencial No. 02, fechada el 9 de septiembre de 2026, establece las orientaciones que deberán seguir estas entidades para articular el proceso de liquidación y, especialmente, para garantizar que las funciones, programas, proyectos y recursos que estaban a cargo del Ministerio no queden desatendidos.

El documento parte de una decisión de la Corte Constitucional. Según la directiva, mediante la Sentencia C-161 del 8 de mayo de 2024, el alto tribunal declaró inexequible la Ley 2281 de 2023, mediante la cual había sido creado el Ministerio de Igualdad y Equidad. La Corte difirió los efectos de esa decisión durante dos legislaturas contadas a partir del 20 de julio de 2024, con el propósito de permitir al Gobierno adoptar las medidas necesarias para reasignar las funciones de la entidad y realizar las modificaciones correspondientes dentro de la administración pública.

Únete al canal de WhatsApp de IFMNOTICIAS para estar informado de manera oportuna y con detalle. IFMNOTICIAS · Información de Verdad

Posteriormente, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 626 del 19 de junio de 2026, mediante el cual se dispuso la liquidación del Ministerio de Igualdad y Equidad. La norma estableció un plazo de un año para adelantar el proceso y determinó que la dirección y adopción de las decisiones propias de la liquidación corresponderían exclusivamente al liquidador designado.

Sin embargo, la nueva directiva presidencial advierte sobre la necesidad de una coordinación activa entre las diferentes entidades del Estado para garantizar que el proceso se desarrolle de manera adecuada y que no se produzcan interrupciones en las políticas públicas dirigidas a poblaciones que cuentan con especial protección constitucional.

El documento señala que las entidades destinatarias deberán formular un plan de acción que permita adoptar las medidas necesarias para realizar las modificaciones requeridas en la estructura y organización administrativa. Dicho plan deberá garantizar la “adecuada articulación, continuidad y ejecución de la política pública” orientada a la protección y garantía de los derechos de los sujetos de especial protección constitucional.

Uno de los puntos centrales de la instrucción presidencial es la reasignación de las funciones que hasta ahora estaban concentradas en el Ministerio de Igualdad. El plan deberá establecer de manera “clara, ordenada y efectiva” la distribución de funciones, programas, proyectos, recursos y demás responsabilidades entre las entidades que asumirán esas competencias.

La Presidencia advierte además que esta reorganización resulta especialmente relevante debido a que, según lo consignado en la propia directiva, el anterior Gobierno ordenó la liquidación del Ministerio sin definir, determinar ni implementar un proceso considerado “ágil, eficiente y efectivo” para adecuar la estructura institucional y redistribuir sus competencias.

La situación, de acuerdo con el documento, habría provocado que diferentes programas, planes, acciones y recursos quedaran desatendidos, afectando la implementación y continuidad de políticas públicas destinadas a salvaguardar derechos de poblaciones de especial protección constitucional.

Por esa razón, la Presidencia considera “imperativo” que el plan de acción sea presentado con carácter urgente. El propósito será garantizar una ejecución adecuada y oportuna de los programas y acciones, además de asegurar la correcta destinación e inversión de los recursos públicos.

Entre las directrices impartidas se encuentra el apoyo institucional al proceso de liquidación. Las entidades deberán atender oportunamente los requerimientos formulados por el liquidador, dentro del marco de sus competencias constitucionales y legales, para facilitar la toma de decisiones y asegurar una respuesta institucional articulada.

También se ordena al Departamento Administrativo de la Función Pública coordinar con las entidades involucradas un plan para identificar y promover los ajustes organizacionales, la distribución de competencias y la reasignación de las funciones necesarias para garantizar la continuidad de los programas y recursos que estaban a cargo del Ministerio de Igualdad y Equidad.

Compartir:

Noticias relacionadas