Demandaron ante la Corte Constitucional el memorando de minerales críticos que el Gobierno firmó con Estados Unidos
El abogado Walter Aguirre Mazo demandó ante la Corte Constitucional el memorando sobre minerales críticos firmado entre el gobierno de Abelardo de la Espriella y Estados Unidos, argumentando que debió ser aprobado por el Congreso.
Una acción pública de inconstitucionalidad radicada por el abogado Walter Aguirre Mazo ante la Corte Constitucional busca suspender de manera inmediata los efectos del memorando sobre minerales críticos y tierras raras que el Gobierno del presidente Abelardo de la Espriella suscribió con Estados Unidos el pasado 8 de septiembre en la ciudad de Barranquilla.
La demanda argumentó que el documento, a pesar de ser presentado por la Cancillería como un instrumento programático y no vinculante, posee en la práctica la naturaleza de un tratado internacional, por lo cual debió someterse a la aprobación del Congreso de la República y al posterior control de constitucionalidad, trámites que hasta el momento han sido omitidos por el Ejecutivo.
El instrumento en cuestión fue suscrito formalmente por el canciller Omar Bula Escobar y el secretario de Estado de Estados Unidos, Marco Rubio. El acto protocolario tuvo lugar durante la visita oficial de Rubio a la capital del Atlántico, contando con la presencia del presidente De la Espriella como testigo de honor. En dicha jornada, ambas naciones sellaron dos documentos de alta relevancia estratégica: el primero enfocado en la cooperación nuclear civil y el segundo, que hoy es objeto de la demanda, centrado en las cadenas de suministro de minerales críticos y tierras raras.
Únete al canal de WhatsApp de IFMNOTICIAS para estar informado de manera oportuna y con detalle. IFMNOTICIAS · Información de VerdadUnirmeEstos materiales son considerados materias primas fundamentales en la industria tecnológica moderna, siendo esenciales para la fabricación de baterías, semiconductores, sistemas de energías renovables e imanes de alta potencia. Según la hoja informativa proporcionada por el Departamento de Estado de los Estados Unidos, el acuerdo minero establece un compromiso entre las partes para movilizar diversos tipos de apoyo, tanto público como privado.
Lo que incluye garantías financieras, préstamos, participación accionaria, contratos de compra anticipada y seguros destinados a identificar y financiar de manera conjunta proyectos de extracción y procesamiento mineral.
El cronograma establecido en el documento es ambicioso, pues contempla que estas acciones deben iniciarse dentro de los seis meses siguientes a la firma. Adicionalmente, el memorando estipula la simplificación de trámites para la obtención de permisos, la fijación de precios mínimos para los minerales, la cooperación técnica en cartografía geológica y la aplicación de revisiones de seguridad nacional ante la venta de activos de minerales críticos.
Por su parte, la Cancillería del país ha defendido el texto explicando que su propósito central es impulsar la minería y el procesamiento de minerales estratégicos en el país, fortaleciendo la seguridad energética nacional. Según se sabe, el abogado Walter Aguirre Mazo fundamenta su acción en que el documento opera, para todos los efectos legales, como un tratado internacional encubierto.
Bajo esta premisa, el demandante afirma que se ha vulnerado el artículo 150 de la Constitución Política de Colombia, el cual exige que este tipo de acuerdos pasen por el tamiz del Congreso. Asimismo, señala la omisión del artículo 241, que ordena la revisión automática por parte de la Corte Constitucional. En el ordenamiento jurídico colombiano, los tratados internacionales solo adquieren validez y producen efectos internos una vez que el Legislativo los aprueba mediante una ley y el alto tribunal verifica su exequibilidad.
La demanda también invoca el artículo 332 constitucional, que consagra la propiedad del Estado sobre el subsuelo y los recursos naturales no renovables, y el artículo 333, referente a la libertad económica y la libre competencia. Como un antecedente jurídico de peso, Aguirre cita el Auto 969 de 2026. En dicho pronunciamiento, según el texto de la demanda, la Corte Constitucional concluyó que un memorando similar firmado con Venezuela durante el anterior gobierno de Gustavo Petro generaba obligaciones internacionales reales, por lo que no podía evadir los trámites legislativos y judiciales correspondientes.
Uno de los puntos que genera mayor suspicacia y que es atacado frontalmente en la demanda es la denominada cláusula First Look (primera mirada), una disposición que sugiere que Colombia debería notificar previamente a los Estados Unidos sobre cualquier oportunidad de inversión en activos de minerales críticos que se pretendan vender en el territorio nacional o por parte de empresas colombianas. Para el accionante, esta preferencia otorgada a la potencia norteamericana podría limitar severamente la libre competencia, afectando tanto a las compañías nacionales como a otros mercados internacionales interesados en el sector minero colombiano.
Solicitudes y medidas cautelares
Ante la gravedad de los hechos expuestos, Aguirre solicitó a los magistrados de la Corte Constitucional la imposición de una medida cautelar. El objetivo es que el memorando no produzca ningún efecto jurídico interno mientras no se surtan los procedimientos constitucionales de rigor. El abogado busca evitar que el documento sea utilizado.ilizado como base legal para otorgar ventajas informativas a terceros, seleccionar proyectos mineros de manera discrecional o comprometer recursos públicos del Estado colombiano.
Además de la suspensión, la acción pide que la Corte requiera formalmente al Gobierno Nacional el texto auténtico del memorando, sus anexos técnicos, las comunicaciones diplomáticas cruzadas y los registros de los proyectos que ya se encuentren asociados al acuerdo. Es importante destacar que el abogado Aguirre aclaró que su acción judicial no tiene como fin impedir la cooperación internacional, sino garantizar que esta se realice bajo el estricto cumplimiento de la Carta Magna y la soberanía nacional.
La respuesta del Ejecutivo hasta el momento ha sido de rechazo a las pretensiones de transparencia total. Según consta en el expediente, la Cancillería respondió el pasado 7 de octubre a una petición previa del abogado Aguirre, sosteniendo que el documento es meramente programático y no vinculante. Bajo esta interpretación, el Ministerio de Relaciones Exteriores asegura que no se requiere aprobación legislativa ni control previo de la Corte. En dicha respuesta, el Gobierno se negó a entregar una copia completa del memorando, amparándose en la reserva legal que protege las relaciones internacionales del país.
Este no es el primer obstáculo legal que enfrenta el acuerdo. El pasado 16 de octubre, el representante a la Cámara José Luis Bohórquez informó que un juzgado laboral de Bogotá falló a su favor una acción de tutela, donde se le ordenó a la Presidencia de la República entregar en un plazo de 48 horas toda la información detallada sobre los acuerdos mineros con Estados Unidos.
Preguntas y respuestas de contexto
¿Por qué fue demandado el memorando sobre minerales críticos ante la Corte Constitucional?
El abogado Walter Aguirre Mazo argumenta que el documento tiene la naturaleza de un tratado internacional y, por lo tanto, debió ser aprobado por el Congreso y revisado por la Corte, trámites que el Gobierno omitió.
¿Qué establece el acuerdo firmado entre Colombia y Estados Unidos?
Busca cooperar en las cadenas de suministro de minerales estratégicos y tierras raras mediante garantías financieras, simplificación de trámites y una cláusula de preferencia informativa para inversiones estadounidenses.
¿Qué medidas solicita el demandante a la justicia?
Pide la suspensión inmediata de los efectos del memorando como medida cautelar para evitar que se otorguen ventajas competitivas o se comprometan recursos públicos sin cumplir con los requisitos constitucionales.
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