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Gobierno planteó una reforma que redefine el control al transporte

El Ministerio de Transporte presentó ante el Congreso el Proyecto de Ley 347 de 2026 con el que el Gobierno busca redefinir de manera profunda el esquema de supervisión y sanción del sector transporte, un ámbito que, según el propio Ejecutivo, ha operado durante años bajo un marco fragmentado, desac

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Redacción IFM
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Gobierno planteó una reforma que redefine el control al transporte

El Ministerio de Transporte presentó ante el Congreso el Proyecto de Ley 347 de 2026 con el que el Gobierno busca redefinir de manera profunda el esquema de supervisión y sanción del sector transporte, un ámbito que, según el propio Ejecutivo, ha operado durante años bajo un marco fragmentado, desactualizado y con limitadas capacidades de control frente a la informalidad y la ilegalidad.

La iniciativa fue radicada por la ministra de Transporte, María Fernanda Rojas, junto al superintendente de Transporte, Enrique Piñeres, y plantea una reestructuración extensa de las competencias estatales para vigilar, intervenir y sancionar a los actores que participan en la prestación del servicio.

El proyecto reconoce de entrada que el modelo vigente no ha logrado responder de forma eficaz a prácticas ilegales ni a fallas estructurales que afectan la seguridad, la calidad del servicio y los derechos de los usuarios.

Aunque el Gobierno sostiene que la propuesta no busca aumentar el castigo sino mejorar la supervisión, el articulado introduce un régimen sancionatorio más amplio y detallado que extiende la responsabilidad más allá de las empresas transportadoras.

El alcance de la vigilancia se amplía a propietarios de vehículos, administradores de infraestructura, operadores tecnológicos, organismos de tránsito, contratantes del servicio e incluso a dueños de inmuebles donde funcionen centros informales o ilegales de transporte.

El texto, que supera los cien artículos, redefine la arquitectura institucional del control al transporte y fortalece la capacidad de la Superintendencia para acceder a información, integrar bases de datos y exigir reportes obligatorios a entidades públicas y privadas. Este acceso irrestricto a datos operativos y administrativos se presenta como una herramienta clave para una supervisión más eficiente, en un sector donde la dispersión de información ha sido una constante.

El proyecto también incorpora una gradación específica de sanciones, que van desde multas y suspensiones hasta la cancelación de habilitaciones e intervenciones administrativas. En el caso de los inmuebles que faciliten la operación ilegal, se contemplan sanciones económicas que pueden superar las 4.000 UVB, con agravantes por reincidencia. Además, se establece la responsabilidad patrimonial de organismos de tránsito y de apoyo cuando incurran en irregularidades que afecten a los usuarios.

Desde el Gobierno se insiste en que el cambio de enfoque apunta a la prevención y a la corrección temprana de fallas antes de que deriven en riesgos mayores. No obstante, el diseño normativo refuerza de manera significativa la función sancionadora del Estado, ampliando tanto los sujetos vigilados como las conductas susceptibles de castigo.

La propuesta también fija obligaciones adicionales para las empresas de transporte de pasajeros, que deberán implementar canales gratuitos y ágiles para la atención de quejas y reclamaciones, con plazos definidos de respuesta. El incumplimiento de estas obligaciones habilita a la Superintendencia para imponer sanciones y ordenar la devolución de cobros indebidos o la corrección de prácticas irregulares.

El Proyecto de Ley 347 de 2026 llega al Congreso en un contexto de reiteradas denuncias sobre transporte informal, siniestros viales y deficiencias en la supervisión estatal. El propio diagnóstico del Ejecutivo deja en evidencia que el fortalecimiento del control se plantea como una corrección estructural a un sistema que, hasta ahora, no ha logrado contener de manera efectiva las prácticas que dice combatir.

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