Día cívico de Petro: Dian reprogramó vencimientos tributarios previstos para abril de 2026
El día cívico decretado por el presidente Gustavo Petro para el viernes 17 de abril de 2026 tendrá incidencia directa en el calendario tributario, según informó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
El día cívico decretado por el presidente Gustavo Petro para el viernes 17 de abril de 2026 tendrá incidencia directa en el calendario tributario, según informó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
Al tratarse de una fecha no laborable para las entidades públicas del orden nacional, los vencimientos previstos para esa jornada se trasladarán al siguiente día hábil, es decir, al lunes 20 de abril.
La entidad explicó que el ajuste no se limita a las obligaciones inicialmente fijadas para el 17 de abril, sino que se extiende a los vencimientos programados en los días posteriores, debido al cómputo consecutivo de los términos. De acuerdo con la Dian, cuando el plazo para cumplir una obligación coincide con el tercer viernes de abril, declarado día cívico mediante el Decreto 500 de 2024, este se corre automáticamente al día hábil siguiente.
El fundamento normativo de esta modificación se encuentra en el Decreto 2229 de 2023, que establece que los términos en materia tributaria se contabilizan en días hábiles. En consecuencia, la inclusión del tercer viernes de abril como día no hábil genera un ajuste progresivo en el calendario oficial.
Entre las obligaciones impactadas se encuentra la declaración y el pago de la segunda cuota del impuesto sobre la renta correspondiente al año gravable 2025 para grandes contribuyentes. También se verá afectada la declaración y el pago mensual de la retención en la fuente del año 2026, así como la declaración anual de Presencia Económica Significativa (PES).
De igual forma, la declaración anual y el pago del Régimen Simple de Tributación (RST) tendrán que acogerse a los nuevos plazos cuando sus fechas coincidan con el 17 de abril o con días que resulten desplazados por efecto acumulativo. La Dian precisó que el corrimiento opera de manera sucesiva, por lo que cada vencimiento posterior se ajustará en función del traslado inicial.
El decreto que estableció el día cívico contempla que el tercer viernes de abril de cada año será no hábil para las entidades nacionales, medida que comenzó a aplicarse en 2025 y que tendrá continuidad en 2026. Este esquema incide en la programación de obligaciones tributarias concentradas en el primer semestre del año.
La autoridad tributaria indicó que los contribuyentes deben verificar las nuevas fechas en el calendario actualizado para el año gravable 2025, disponible en su portal oficial. Señaló que es responsabilidad de los obligados confirmar los días exactos en que deberán presentar declaraciones y efectuar pagos, con el fin de cumplir dentro de los términos legales.
La Dian recordó que el incumplimiento de las obligaciones fiscales puede dar lugar a sanciones previstas en la normativa vigente. Por ello, recomendó planear con anticipación el cumplimiento de los compromisos tributarios, teniendo en cuenta los ajustes derivados del día no laborable decretado para el 17 de abril de 2026.


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