Meta presentó informe a la Corte Constitucional sobre moderación de contenidos tras fallo por cierre de cuenta en Instagram
La Corte Constitucional dio a conocer el informe presentado por Meta Platforms Inc. sobre las acciones adoptadas para ajustar sus políticas de moderación de contenidos, en cumplimiento de la Sentencia T-256 de 2025. El caso, relacionado con el cierre de una cuenta de Instagram en Colombia, marca un precedente sobre la protección de derechos fundamentales en plataformas digitales.
Meta Platforms Inc., empresa responsable de servicios como Facebook, Instagram y WhatsApp, presentó ante la Corte Constitucional un informe sobre las acciones adoptadas en materia de moderación de contenidos, en cumplimiento de las órdenes impartidas en la Sentencia T-256 de 2025.
De acuerdo con el boletín de prensa N. 056 emitido por la Corte el 14 de abril de 2026, la compañía “publicó en su Centro de Transparencia un informe sobre las acciones que ha desplegado a propósito de las órdenes impartidas” por el alto tribunal, orientadas a garantizar reglas claras y no discriminatorias en la gestión de contenidos en sus plataformas.
El pronunciamiento se da luego de que la Corte analizara el caso de la influenciadora Esperanza Gómez Silva, a quien Meta le cerró su cuenta de Instagram, que contaba con más de cinco millones de seguidores, por presuntas infracciones relacionadas con políticas sobre desnudos y actividades sexuales. Según el alto tribunal, este caso marcó un precedente al abordar “de manera integral la relación entre los derechos fundamentales de influenciadores digitales y la moderación de contenidos”.
En su decisión, la Corte Constitucional determinó que la empresa no aplicó de forma consistente sus propias reglas. En el boletín se indica que la Corte “encontró que Meta no aplicó de forma transparente y consistente las normas previstas en sus Condiciones de Uso y Normas Comunitarias”, lo que derivó en la vulneración de derechos fundamentales.
Aunque la cuenta no pudo ser restablecida debido al tiempo transcurrido, el alto tribunal concluyó que se vulneraron derechos como la libertad de expresión, el debido proceso, la igualdad, el trabajo y la libertad de escoger profesión u oficio.
Como parte de las órdenes impartidas, la Corte exigió a Meta adoptar medidas concretas para garantizar mayor claridad en sus procesos. Entre ellas, se incluyó la obligación de “crear un canal electrónico visible para notificaciones judiciales en procesos de tutela en Colombia”, así como asegurar que sus políticas estén disponibles en español y en un entorno digital unificado.
Asimismo, se ordenó a la empresa revisar y ajustar las condiciones de uso y las políticas de privacidad de Instagram, con el fin de que los usuarios puedan comprender los mecanismos para impugnar decisiones de moderación de contenidos.
El alto tribunal también instó a la compañía a precisar sus reglas sobre contenidos sexuales implícitos y solicitó a su Consejo Asesor emitir un concepto sobre la moderación de contenidos relacionados con desnudos y actividades sexuales de adultos, incluyendo el uso de conductas fuera de línea como criterio de evaluación.
En respuesta, Meta informó que implementó varias acciones. Según el informe compartido, la compañía “estableció un canal de comunicación al que pueden acceder las autoridades judiciales colombianas para notificar acciones de tutela” y publicó información dirigida a usuarios en el país sobre los procedimientos para apelar el cierre de cuentas en Instagram.
Además, la empresa indicó que “unificó las Condiciones de Uso y las Normas Comunitarias en el Centro de Transparencia, incluido en español”, como parte de los ajustes solicitados por la Corte.
La Corte Constitucional señaló que comparte este informe con la ciudadanía “con el ánimo de fomentar la transparencia”, en un caso que sienta un precedente en la relación entre plataformas digitales y la garantía de derechos fundamentales en entornos digitales.
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