Representante Luis Miguel López dice que decisión de la Corte de retirar crucifijos pretende borrar la fe
La Corte Constitucional solicitó a todos los juzgados y despachos judiciales del país a revisar el valor histórico de los crucifijos y cualquier otro símbolo religioso que mantengan en sus instalaciones, con el fin de determinar si su presencia cuenta con una justificación secular clara y suficiente
La Corte Constitucional solicitó a todos los juzgados y despachos judiciales del país a revisar el valor histórico de los crucifijos y cualquier otro símbolo religioso que mantengan en sus instalaciones, con el fin de determinar si su presencia cuenta con una justificación secular clara y suficiente.
Esta decisión se adoptó mediante la sentencia SU-454 de 2025, con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, en la que el alto tribunal reafirmó que el Estado colombiano es laico y debe mantener una posición neutral frente a las creencias religiosas.
No obstante, tras conocer esto, surgieron voces a favor y en contra, una de las últimas es la del representante a la Cámara, Luis Miguel López Aristizábal quien afirmó que detrás de la decisión de la Corte, “hay algo más” expresando que se pretende “borrar nuestra fe y nuestra identidad”.
De igual forma, añadió que el país, nació bajo el amparo de Dios, y que por ende, quitar a Cristo no es progreso, sino vacío, “en nombre de esta neutralidad, estamos borrando nuestra herencia cristiana, o es que los secularistas que impulsan la agenda anti vida, ¿quieren eliminar a Dios, de toda la esfera pública?”, preguntó López por medio de un video publicado en redes sociales.
Por otro lado, el representante expresó que en el comunicado de la Corte donde también se anunció que quitaron el cristo de su recinto, y exhortaron a quitar todos los despachos judiciales a evaluar la presencia de estos, se debía prestar atención a la letra pequeña, puesto que no es una prohibición absoluta, ya que, como se dice en el comunicado, los crucijfos pueden quedarse si hay una justificación secular suficiente “como valor histórico, cultural, o artístico”.
Vale la pena mencionar que según el fallo, la presencia de un crucifijo en el recinto donde delibera la Corte desde 1999 fue contraria a los principios de laicidad y neutralidad, pues no se acreditó una razón secular que justificara su permanencia.
Por lo que se concluyó que mantener símbolos religiosos en espacios oficiales puede interpretarse como una preferencia hacia una fe determinada, lo que vulnera la igualdad y el principio de neutralidad que protege la libertad de conciencia y de cultos.
Este pronunciamiento se dio después de una acción de tutela presentada por un ciudadano que solicitó retirar el crucifijo de la Sala Plena, al considerar que su presencia privilegiaba una religión sobre las demás.
Con esta determinación, la Corte pidió a los jueces del país revisar sus despachos y decidir, a la luz de esta jurisprudencia, si los símbolos presentes deben retirarse o conservarse conforme a la neutralidad estatal. Finalmente, el representante Luis Miguel López Aristizábal, dijo que como católico esto le preocupaba profundamente.

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