No todo depende del Congreso: estas son las decisiones que la Constitución les prohíbe tomar a senadores y representantes
Con la instalación del nuevo Congreso de la República este 20 de julio, también resurgen las dudas sobre el verdadero alcance de las funciones de senadores y representantes a la Cámara. Aunque el Legislativo tiene la facultad de aprobar leyes y ejercer control político, la Constitución establece límites precisos que impiden que los congresistas intervengan en decisiones exclusivas de otras ramas del poder público.
Con el inicio del periodo legislativo 2026-2030, los 103 senadores y 183 representantes a la Cámara elegidos por los colombianos asumirán una de las responsabilidades más importantes dentro del sistema democrático: crear leyes, debatir reformas constitucionales y ejercer control político sobre el Gobierno Nacional. Sin embargo, contrario a lo que muchos ciudadanos creen, el Congreso no tiene la facultad de decidir sobre todos los asuntos del Estado.
La Constitución Política de Colombia establece un principio de separación de poderes que distribuye las competencias entre las ramas Ejecutiva, Legislativa y Judicial. Esto significa que existen decisiones que, por mandato constitucional, están reservadas exclusivamente al presidente de la República, a los jueces, a las altas cortes y a otros organismos del Estado, sin que el Congreso pueda intervenir directamente.
Uno de los principales límites del Legislativo es que no puede administrar el país. Esa función corresponde al presidente de la República y a su equipo de gobierno, quienes son los encargados de ejecutar las políticas públicas, dirigir la administración nacional y tomar las decisiones relacionadas con el funcionamiento cotidiano del Estado. Aunque los congresistas pueden citar a ministros para que rindan cuentas y ejercer control político sobre sus actuaciones, no tienen competencia para reemplazar al Ejecutivo en la toma de decisiones administrativas.
Tampoco está en manos del Congreso resolver procesos judiciales, condenar personas o declarar culpabilidades. La administración de justicia corresponde exclusivamente a los jueces y tribunales de la Rama Judicial, quienes actúan de manera independiente y con base en las normas vigentes. Los legisladores pueden expedir las leyes que regulan el sistema judicial, pero no pueden intervenir en las decisiones que adopten los jueces en casos concretos.
Otra restricción importante es que el Congreso no puede desconocer los derechos fundamentales consagrados en la Constitución. Aunque tiene la facultad de aprobar nuevas leyes, ninguna de ellas puede vulnerar principios constitucionales como la igualdad, la libertad de expresión, el debido proceso o los demás derechos protegidos por la Carta Política. Si una ley contradice la Constitución, la Corte Constitucional puede declararla inexequible y retirarla del ordenamiento jurídico.
De igual manera, el Legislativo no puede asumir funciones que corresponden a organismos autónomos e independientes, como la Registraduría Nacional, el Banco de la República o los entes de control. Cada institución tiene competencias definidas por la Constitución y ninguna puede invadir las funciones de otra sin afectar el equilibrio institucional previsto por el Estado colombiano.
El Senado también recordó que el Congreso no puede modificar la Constitución de cualquier manera ni aprobar normas que desconozcan los principios esenciales del Estado Social de Derecho. Incluso las reformas constitucionales deben respetar procedimientos específicos y estar sujetas al control que ejercen las altas cortes cuando la ley así lo establece.
Lo que sí pueden hacer los congresistas es debatir y aprobar proyectos de ley, reformar la Constitución mediante actos legislativos, ejercer control político sobre el Gobierno, aprobar el Presupuesto General de la Nación, discutir reformas tributarias y participar en la elección de algunos altos funcionarios del Estado, siempre dentro de las competencias que les otorga la Constitución.
La explicación cobra especial importancia en un momento en el que el país estrena un nuevo Congreso y aumenta el interés ciudadano por conocer el papel de quienes ocuparán una curul durante los próximos cuatro años. Comprender cuáles son sus funciones, pero también cuáles son sus límites, permite tener expectativas más claras sobre el alcance de su gestión.
El funcionamiento del Estado colombiano se basa precisamente en ese equilibrio entre poderes. Mientras el Ejecutivo gobierna y administra, la Rama Judicial imparte justicia y el Congreso legisla y ejerce control político. Ninguna de estas ramas puede sustituir a las demás, un principio que busca garantizar la democracia, evitar la concentración del poder y proteger los derechos de los ciudadanos.
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