Corte Constitucional admite primera demanda contra Reforma Pensional
En un movimiento que promete sacudir el panorama político y social de Colombia, la Corte Constitucional admitió la primera demanda de inconstitucionalidad contra la controvertida Ley 2381 de 2024, que reforma el sistema pensional del país.
En un movimiento que promete sacudir el panorama político y social de Colombia, la Corte Constitucional admitió la primera demanda de inconstitucionalidad contra la controvertida Ley 2381 de 2024, que reforma el sistema pensional del país.
La demanda fue interpuesta por la senadora Paloma Valencia, del Partido Centro Democrático, quien ha argumentado que la nueva ley vulnera varios artículos clave de la Constitución Política de Colombia.
El Magistrado Sustanciador, Jorge Enrique Ibáñez Najar, será el encargado de llevar adelante este proceso. En el auto emitido por la Corte, se detallan los principales puntos de la impugnación presentada por la senadora Valencia.
En su demanda, se cuestionan principalmente tres aspectos de la ley, que podrían tener implicaciones significativas para el futuro del sistema pensional en Colombia.

El primer cargo de la demanda se refiere a un presunto desconocimiento del artículo 157 de la Constitución durante el proceso legislativo que llevó a la aprobación de la Ley 2381.
Según Valencia, la Cámara de Representantes adoptó el texto aprobado por el Senado sin una deliberación adecuada, omitiendo la discusión de diferencias cruciales entre las versiones de ambas cámaras. Además, se alega que el Presidente de la Cámara decretó la «suficiente ilustración» sin cumplir el tiempo necesario para el debate, y que no se discutieron las más de 700 proposiciones que habían sido radicadas.
Los otros dos cargos se centran en la posible violación del artículo 48 de la Constitución, que garantiza el derecho a una pensión adecuada.
La senadora Valencia argumenta que los artículos 93 y 84.5 de la ley contravienen este derecho al establecer un régimen pensional especial para pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y campesinos, lo que podría afectar a más del 40% de la población colombiana.

La demanda también cuestiona la forma en que la ley aborda el impuesto a las pensiones, sugiriendo que solo deberían gravarse las pensiones que excedan 1.000 UVT mensuales, y no anuales, como parece haber sido ambiguamente tratado en el proceso legislativo.
En respuesta a la demanda, la Corte Constitucional ha ordenado a los Secretarios Generales del Senado y de la Cámara de Representantes que entreguen toda la documentación y grabaciones relacionadas con el proceso legislativo en un plazo de 10 días. Asimismo, se ha convocado a la Procuraduría General de la Nación para que emita su concepto, y se ha abierto un plazo de 10 días para que cualquier ciudadano interesado pueda intervenir en el proceso.
El magistrado Ibáñez Najar también ha dispuesto que el proceso sea comunicado al Presidente de la República, los presidentes del Senado y la Cámara de Representantes, así como a otros funcionarios clave, para que presenten sus argumentos en defensa de la ley. Además, se ha invitado a diversos expertos y organismos a participar en el proceso, con el objetivo de recabar una amplia gama de opiniones que enriquezcan el debate Constitucional.

La senadora Paloma Valencia, una crítica ferviente de la reforma pensional impulsada por el gobierno de Gustavo Petro, celebró la decisión de la Corte de admitir su demanda. En sus declaraciones, subrayó que más allá de los problemas de trámite que se han señalado, lo más preocupante de la reforma es la carga económica insostenible que deja a las futuras generaciones de colombianos.
Este proceso judicial se perfila como uno de los más significativos en la historia reciente de Colombia, ya que no solo pone en tela de juicio la validez de una ley fundamental para el sistema pensional, sino que también podría tener repercusiones profundas en la política económica y social del país.
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