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Consejo de Estado admite demandas que buscan anular la incorporación de Colombia Humana al Pacto Histórico

El Consejo de Estado dio trámite a dos demandas que cuestionan la legalidad de las decisiones del Consejo Nacional Electoral (CNE) mediante las cuales se aprobaron la modificación de los estatutos de Colombia Humana y su posterior integración al movimiento Pacto Histórico. Aunque la admisión de las acciones no implica una decisión sobre el fondo del caso, el alto tribunal iniciará el análisis de los argumentos presentados para determinar si las actuaciones se ajustaron a la legislación vigente.

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Consejo de Estado admite demandas que buscan anular la incorporación de Colombia Humana al Pacto Histórico
Foto: Archivo

El Consejo de Estado inicia el estudio del caso

La Sección Quinta del Consejo de Estado asumirá el estudio de dos demandas que buscan dejar sin efecto las resoluciones expedidas por el Consejo Nacional Electoral (CNE) relacionadas con el movimiento político Colombia Humana.

Las acciones fueron interpuestas por el estudiante de Derecho Samuel Alejandro Ortiz Mancipe, quien solicitó la nulidad de varios actos administrativos expedidos por la autoridad electoral al considerar que, durante el proceso de modificación estatutaria y posterior integración al Pacto Histórico, se habrían presentado irregularidades de carácter jurídico y procedimental.

La admisión de las demandas marca el inicio formal del proceso judicial dentro de la jurisdicción de lo contencioso administrativo. No obstante, esta decisión no constituye un pronunciamiento sobre la validez o invalidez de las resoluciones cuestionadas, ya que el análisis de fondo se desarrollará en las siguientes etapas del proceso.

La primera demanda cuestiona la reforma de los estatutos

Uno de los expedientes admitidos se dirige contra la Resolución 11232 del 4 de diciembre de 2025, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral ordenó registrar la modificación de los estatutos de Colombia Humana.

La decisión del CNE se fundamentó en lo aprobado durante la Asamblea Extraordinaria del movimiento político, realizada el 21 de septiembre de 2025.

El despacho del magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil resolvió admitir la demanda presentada por Ortiz Mancipe, con lo que se abre el debate judicial sobre la legalidad de esa resolución administrativa.

A partir de este momento, el Consejo de Estado evaluará si el procedimiento seguido por la autoridad electoral cumplió con las disposiciones legales y estatutarias que regulan este tipo de actuaciones.

También será revisada la incorporación al Pacto Histórico

El segundo proceso admitido por el alto tribunal tiene como objetivo revisar las resoluciones 1299 y 1629 expedidas por el Consejo Nacional Electoral, mediante las cuales fue aprobada la fusión por absorción de Colombia Humana dentro del movimiento Pacto Histórico.

Según los argumentos expuestos por el demandante, estas decisiones habrían sido adoptadas con presunta infracción de normas superiores y con una supuesta falsa motivación administrativa.

Entre los cuestionamientos planteados figura el hecho de que, según la demanda, el CNE aprobó inicialmente la absorción del movimiento político y solo posteriormente resolvió los recursos de reposición presentados frente a esa misma decisión, aspecto que será objeto de análisis durante el proceso judicial.

Los argumentos presentados por el demandante

En las acciones judiciales también se cuestiona la manera como fue convocada la Asamblea Nacional Extraordinaria que aprobó la modificación del artículo 72 de los estatutos de Colombia Humana y posteriormente autorizó la incorporación al Pacto Histórico.

De acuerdo con el demandante, dicha convocatoria habría sido realizada por una instancia denominada Dirección Nacional del Poder Popular Constituyente, la cual, según sostiene, no hacía parte de la estructura orgánica prevista en los estatutos del movimiento político.

Por esa razón, considera que ese organismo no tenía competencia para convocar al máximo órgano de dirección de Colombia Humana, circunstancia que, a su juicio, afectaría la validez de las decisiones adoptadas durante esa asamblea.

Asimismo, las demandas señalan que el Consejo Nacional Electoral no habría verificado suficientemente el cumplimiento de las normas internas antes de aprobar tanto la reforma estatutaria como la posterior integración al Pacto Histórico.

El proceso apenas comienza

Con la admisión de las demandas, el Consejo de Estado iniciará el estudio detallado de los argumentos jurídicos planteados por el accionante y de las respuestas que presenten tanto el Consejo Nacional Electoral como las demás partes involucradas en el proceso.

Durante esta etapa se practicarán las actuaciones procesales previstas por la ley, incluyendo el análisis de pruebas y la valoración de los antecedentes administrativos relacionados con las resoluciones demandadas.

Será únicamente al finalizar este trámite cuando la Sección Quinta determine si las actuaciones del Consejo Nacional Electoral se ajustaron al ordenamiento jurídico o si, por el contrario, existe fundamento para declarar la nulidad de los actos administrativos cuestionados.

No existe aún una decisión sobre el fondo del caso

El Consejo de Estado recordó que la admisión de una demanda no implica que los argumentos del demandante hayan sido aceptados ni que exista una conclusión anticipada sobre la legalidad de las decisiones adoptadas por el Consejo Nacional Electoral.

En consecuencia, las resoluciones mediante las cuales se aprobaron la modificación de los estatutos de Colombia Humana y su incorporación al Pacto Histórico continúan produciendo efectos jurídicos mientras el proceso avanza y el alto tribunal emite una sentencia definitiva.

La decisión final dependerá del análisis que realice la jurisdicción contencioso-administrativa sobre los procedimientos adelantados y del cumplimiento de las normas que regulan el funcionamiento de las organizaciones políticas y las actuaciones de la autoridad electoral colombiana.

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