Bogotá propone estricta regulación para el uso de celulares y tabletas para menores en colegios
La Secretaría de Educación de Bogotá propone una estricta regulación para el uso de celulares y tabletas en todos los colegios de la ciudad, buscando proteger a los menores y fomentar entornos de aprendizaje seguros. El borrador de la resolución establece limitaciones por edad, excepciones claras y un marco para el uso pedagógico de dispositivos.
La Secretaría de Educación de Bogotá ha puesto en marcha un ambicioso proyecto para regular el uso de teléfonos móviles y dispositivos multipantalla en todos los colegios oficiales y privados de la capital. La iniciativa, que busca proteger la salud física y mental de los menores, establece limitaciones claras y una escala de exposición diferenciada por edades, marcando un precedente en la gestión de la tecnología en el ámbito educativo.
Un marco integral para la convivencia digital
El borrador del proyecto de acto administrativo, ya disponible para comentarios públicos, surge como parte de la política distrital “(Re)conectarnos para aprender”. Su objetivo principal es establecer entornos de aprendizaje seguros y definir reglas claras sobre la presencia de celulares y pantallas en la vida escolar, tras meses de debate y consulta con la comunidad educativa. Esta medida es una respuesta directa a la creciente presencia de dispositivos digitales en los entornos escolares y su impacto en el desarrollo y aprendizaje de niños, niñas y adolescentes.
La propuesta se fundamenta en estudios científicos, normativas nacionales e internacionales y un proceso participativo que incluyó a familias, estudiantes y docentes. La regulación será de cumplimiento obligatorio para todos los colegios oficiales y privados de Bogotá que impartan educación inicial, básica y media.
Restricciones generales para teléfonos móviles
La regla general establece la prohibición del uso de teléfonos móviles durante toda la jornada escolar, incluyendo clases y descansos, tanto para estudiantes como para la comunidad educativa en general. El personal docente, por su parte, solo podrá utilizarlos con fines institucionales o pedagógicos previamente definidos.
Excepciones permitidas
El borrador contempla excepciones específicas para el uso de teléfonos móviles. Estas incluyen la necesidad de inclusión o accesibilidad para estudiantes con condiciones de salud o discapacidad, previa validación institucional; el cuidado de la salud, si el celular es indispensable por razones médicas y comunicado formalmente al colegio por la familia; y situaciones de emergencias que pongan en riesgo la vida, integridad o salud, de acuerdo con los protocolos escolares establecidos. En todos estos casos, los acuerdos deben ser claros y pactados entre la familia, el estudiante y la institución educativa.
Uso pedagógico de teléfonos móviles
El uso pedagógico de teléfonos móviles está autorizado únicamente a partir de octavo grado (8°) y bajo condiciones estrictas. Debe existir un proyecto o actividad definida que requiera el uso del celular, y solo se permitirá bajo la guía y supervisión directa del docente. Además, el uso estará limitado a aplicaciones y actividades previamente estipuladas, y no es obligatorio que el estudiante posea un teléfono propio, ni puede exigirse su adquisición. Para grados inferiores a octavo, la autorización solo aplica para proyectos audiovisuales educomunicativos y siempre bajo la supervisión docente.
Reglas para otros dispositivos multipantalla
El tiempo y las condiciones de uso de tabletas, computadores y televisores varían según la edad del estudiante. Para Ciclo 1 y prejardín, no se recomienda el uso de pantallas y deben retirarse progresivamente. En jardín, el uso máximo es de 10 minutos continuos y hasta 30 minutos diarios, siempre con uso grupal y pedagógico. Para transición, se permite un máximo de 15 minutos continuos y hasta 30 minutos diarios, también con uso grupal y pedagógico.
Los estudiantes de primaria (1° a 5°) podrán usar estos dispositivos hasta 1 hora diaria, con pausas activas obligatorias. En 6° y 7°, el límite es de hasta 2 horas diarias, con pausas y orientación docente. Finalmente, para 8° a 11°, no hay un límite de tiempo establecido, pero se enfatiza el uso responsable y crítico, recomendando pausas y ajustes a la capacidad de atención.
Se contemplan excepciones para estudiantes con necesidades de accesibilidad y en áreas tecnológicas. Excepcionalmente, el Consejo Académico podrá autorizar más tiempo por necesidades pedagógicas específicas.
Implementación y supervisión de las reglas
Cada colegio deberá integrar estas nuevas reglas en su Manual de Convivencia o en el Pacto de Corresponsabilidad, definiendo participativamente los mecanismos para garantizar su cumplimiento. Se establecerán procedimientos pedagógicos y restaurativos ante incumplimientos, así como vías de comunicación claras para familias y estudiantes.
La Secretaría de Educación ofrecerá formación a docentes y apoyo para el uso crítico de las tecnologías, además de acompañamiento a estudiantes y familias para prevenir riesgos digitales y fortalecer habilidades socioemocionales.
Seguimiento y objetivos de la norma
El cumplimiento de la normativa será objeto de seguimiento anual y vigilancia por parte de la Secretaría de Educación. Las instituciones educativas dispondrán de un plazo de hasta seis meses para ajustar sus normas internas. El incumplimiento de estas disposiciones podría acarrear sanciones administrativas.
El proyecto busca equilibrar el acceso a la tecnología con el desarrollo de ambientes sanos, la atención presencial y la interacción social. Además, promueve el bienestar, limita el uso de pantallas en etapas tempranas y garantiza excepciones razonadas para salud, inclusión y emergencias, exigiendo también participación institucional y un monitoreo permanente.
La consulta pública del borrador permanecerá abierta, permitiendo que la comunidad educativa aporte sus comentarios antes de la adopción definitiva de la resolución.
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