(OPINIÓN) Las decisiones judiciales deben respetarse y acatarse. Por: Bernardo Henao Jaramillo
Ese es un principio básico del Estado de Derecho. Precisamente por eso, cualquier discusión sobre una sentencia debe hacerse con seriedad, argumentos y responsabilidad institucional, no desde el desacato ni desde la descalificación ligera.
Dicho eso, la decisión de la Corte Suprema de Justicia que confirmó la condena contra Santiago Uribe Vélez dentro del expediente SP499-2026 Radicación n° 72466 (Aprobado Acta No. 178), deja preguntas legítimas sobre la forma, el tiempo y la oportunidad en que fue adoptada. No es frecuente que un expediente de semejante volumen, integrado por múltiples carpetas, años de actuaciones, testimonios complejos, debates probatorios extensos y salvamentos de voto, sea estudiado y resuelto en un lapso tan breve.
Pero hay un elemento adicional que no puede pasarse por alto: la inconveniencia institucional de proferir una decisión de semejante impacto a escasos días de una segunda vuelta presidencial. En un país profundamente polarizado, donde el apellido Uribe sigue teniendo un peso político evidente, una sentencia contra el hermano del expresidente Álvaro Uribe inevitablemente produce efectos en la conversación pública, en la narrativa electoral y en el ambiente político nacional.
La pregunta, entonces, no es si la Corte podía decidir. Formalmente podía hacerlo. La pregunta es si era prudente hacerlo justo en este momento, cuando el país se encuentra en la recta final de una elección presidencial y cualquier decisión judicial de alto impacto puede ser leída, usada o instrumentalizada políticamente.
La justicia no solo debe ser imparcial: también debe parecerlo. Y cuando una decisión de esta magnitud se adopta con una celeridad poco común, en un expediente monumental y en una coyuntura electoral especialmente sensible, es inevitable que surjan dudas razonables en la opinión pública.
Eso no significa desconocer la autoridad de la Corte Suprema de Justicia ni llamar al desacato. Significa ejercer el derecho ciudadano a examinar críticamente el funcionamiento de la justicia, especialmente cuando se trata de procesos penales de enorme trascendencia nacional. La legitimidad judicial no se protege prohibiendo las preguntas, sino respondiéndolas con transparencia, rigor y coherencia.
Como lo ha señalado la propia defensa, las decisiones judiciales deben ser respetadas. Pero respetar una decisión no obliga a renunciar al análisis crítico. Menos aún cuando la defensa sostiene que Santiago Uribe está siendo condenado injustamente y anuncia que se pronunciará con mayor detalle una vez estudie integralmente la sentencia y los salvamentos de voto.
La decisión de la Corte Suprema no presenta la muerte del conductor Camilo Barrientos Durán como un hecho aislado, accidental o marginal dentro del expediente, sino como una pieza central para demostrar la operación criminal de Los 12 Apóstoles en Yarumal. Según la línea que confirmó la Corte, Barrientos fue asesinado en 1994 en el marco de un patrón de “limpieza social” ejecutado por ese grupo armado ilegal, que señalaba a ciertas personas como supuestos colaboradores de la guerrilla, delincuentes o “indeseables”.
Por eso, el homicidio del conductor sirve para conectar tres elementos: la existencia del grupo, su capacidad de ejecución violenta y la responsabilidad atribuida a Santiago Uribe Vélez dentro de esa estructura. La Corte, al dejar en firme la condena, ratificó que no se trataba solamente de rumores sobre paramilitarismo, sino de un caso concreto de homicidio agravado integrado a una actuación sistemática contra población civil.
El señor expresidente Álvaro Uribe en una alocución registró que su familia está muy abatida y que se trata de una decisión injusta. Dejo saber a quienes absolvieron y ninguno de ellos acusó a su hermano. Se refirió finalmente al asesinato del conductor Camilo Barrientos recordando que en el juicio un ex agente de policía acusó a un mayor Meneses que había conseguido los sicarios.
En una democracia madura, los jueces deben ser conscientes no solo del contenido jurídico de sus decisiones, sino también de su contexto institucional. Una sentencia de esta naturaleza, publicada en la antesala de una definición presidencial, no podía sino generar un debate sobre su oportunidad y sus posibles efectos políticos.
La pregunta de fondo no es si las decisiones judiciales se cumplen. Por supuesto que se cumplen. La pregunta es si, en este caso, la Corte Suprema de Justicia actuó con la profundidad, pausa, prudencia y sentido institucional que exigen un expediente de esta dimensión y una coyuntura nacional tan delicada. Esa duda, por ahora, queda abierta.

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