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(OPINIÓN) A la justicia de Colombia le ha faltado respeto, compromiso y firmeza. Por: François Roger Cavard M

La mayor responsabilidad que por complicidad tienen los tres poderes públicos en el TERRORISMO DE ESTADO al cual estamos siendo sometidos por parte de los aún impunes CRIMINALES DE LESA HUMANIDAD que ahora han usurpado también los poderes ejecutivo y legislativo, recae en el absolutamente ineficient

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Redacción IFM
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A la justicia de Colombia le ha faltado respeto, compromiso y firmeza. Por: François Roger Cavard M

La mayor responsabilidad que por complicidad tienen los tres poderes públicos en el TERRORISMO DE ESTADO al cual estamos siendo sometidos por parte de los aún impunes CRIMINALES DE LESA HUMANIDAD que ahora han usurpado también los poderes ejecutivo y legislativo, recae en el absolutamente ineficiente y vulgarmente sesgado hacia la izquierda poder judicial.

No admite ningún tipo de discusión que Colombia ahora padece tener a aún impunes GENOCIDAS usurpando altos cargos en el Estado como resultado de la intencional y sistemática falta de respeto y absoluto desprecio que para con el cumplimiento de las LEYES han tenido los operadores de justicia de todos los niveles, como resultado de la premeditada e invariable falta de compromiso que para con la VERDAD y para con la imparcialidad han tenido los operadores de justicia de todos los niveles, así como resultado de la deliberada y consecuente falta de firmeza que para con impartir JUSTICIA contra aquellos criminales camaradas con quienes simpatizan ideológicamente han tenido los operadores de justicia de todos los niveles en Colombia.

Podría dedicar una buena cantidad de espacio a probar lo antes manifestado y ya denunciado a nivel internacional, pero por consideraciones de espacio me referiré a tan solo un par de ejemplos que ilustran la absoluta falta de vergüenza de este poder público. La pretensión por garantizar el Estado de Derecho y la vigencia de una verdadera justicia fundamentada en que los procesos jurídicos tengan una duración razonable, resultó en la promulgación de la Ley 1395 del 12 de Julio del 2010 que implementó medidas en materia de descongestión judicial.

Esta Ley, empezó a regir el día 12 de Junio del 2010 y fue ratificada por el Nuevo Código del Proceso (Ley 1564 del 12 de Julio del 2012). Estas leyes, así como el Decreto Nacional 1736 del 17 de Agosto del 2012, tienen por objeto alcanzar, entre otros, los siguientes dos (2) objetivos:
Que haya agilidad en la atención de los procesos de manera que se eviten las injustificadas e inaceptables dilaciones que caracterizan al aparato de Justicia Colombiano.
Que mediante la aplicación en tiempos razonables de las leyes, pueda el aparato de justicia colombiano hacer seguimiento a la real efectividad y eficiencia de aquellos encargados de aplicarla.

El Artículo 9 de la referida Ley 1395 del 12 de Julio del 2010 establece lo siguiente:
Se adiciona el ARTÍCULO 124 del Código de Procedimiento Civil con el siguiente parágrafo:
PARÁGRAFO: En todo caso, salvo interrupción ó suspensión del proceso por causa legal, no podrá transcurrir un lapso superior a un año para dictar sentencia de primera instancia, contado a partir de la notificación del auto admisorio de la demanda ó mandamiento ejecutivo a la parte demandada ó ejecutada, ni a seis meses para dictar sentencia en segunda instancia, contados a partir de la recepción del expediente en la secretaría del Juzgado ó Tribunal. Vencido el respectivo término sin haberse dictado la sentencia, EL FUNCIONARIO PERDERÁ AUTOMÁTICAMENTE COMPETENCIA para conocer del proceso por lo cual, al día siguiente, deberá informarlo a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y remitir el expediente al Juez ó Magistrado que le sigue en turno, quien proferirá la sentencia dentro del término máximo de dos meses

Si lo anterior no ilustra y perturba lo suficiente al lector con respecto a como desde el poder judicial se vienen saboteando de manera intencional nuestras posibilidades de prosperar como personas, como nación y como Estado de Derecho, voy a citarles un aparte de la Sentencia T 418 del 03 de julio de 2015 emitida por la Sala Séptima de Revisión de Tutelas de la Corte Constitucional. Esta sentencia con respecto a las reglas que deben cumplir los operadores de justicia fue proferida días antes de imponérsenos el rechazado acuerdo de impunidad para las farc, y por lo tanto también la rechazada pelandusca esa de la JEP:
”La Corte Constitucional ha establecido las siguientes reglas para salvaguardar el derecho a la justicia:
prevenir las graves violaciones de DD.HH., luchar contra la impunidad, establecer mecanismos de acceso ágil, oportuno, pronto y eficaz a la justicia,
investigar, procesar y sancionar judicialmente a los responsables de graves violaciones de Derechos Humanos, respetar el debido proceso, establecer plazos razonables para los procesos judiciales,
iniciar ex officio las investigaciones en casos de graves violaciones contra los DD.HH., velar porque los mecanismos judiciales internos no conduzcan a la impunidad y al ocultamiento de la verdad.

Como es evidente y no admite mayor discusión que los operadores de justicia de Colombia se burlan y no cumplen con los plazos claramente establecidos por la Ley 1395 del 12 de Julio del 2010 para hacer su trabajo, me enfocaré entonces en el sistemático incumplimiento que de la anterior jurisprudencia, y por consiguiente de todo el Derecho Internacional Humanitario (DIH), históricamente han hecho y persisten en seguir haciendo absolutamente todos los operadores de justicia de Colombia.

A continuación abordaré de manera breve cada una de las ocho reglas enumeradas e intencionalmente burladas por todos esos cómplices del actual TERRORISMO DE ESTADO que estamos padeciendo en Colombia.

(i) Prevenir las graves violaciones de DD.HH.
Es evidente que la justicia en Colombia jamás ha tratado de prevenir, mucho menos de castigar, a los derrotados narcoparamilitares de la izquierda colombiana como Petro Urrego.

Es tan manifiesto este comportamiento cómplice, que en ninguno de los pronunciamientos que hicieran estos operadores de justicia de las altas cortes para rechazar los bien fundamentados y completos recursos que ante ellos radicara en el año 2018 contra Petro Urrego, dijeron algo o se pronunciaron con respecto a las aún impunes violaciones a los Derechos Humanos cometidas por este sujeto. Fueron cinco las ACCIONES DE NULIDAD ELECTORAL que radiqué ante el Consejo de Estado, y una DEMANDA DE PÉRDIDA DE INVESTIDURA que radiqué ante la Corte Suprema.

(ii) Luchar contra la impunidad, 
Por la forma displicente, mentirosa e ilegal con que los operadores de justicia de la Sección Quinta del Consejo de Estado y de la Corte Suprema desestimaron todas y cada una de las justificadas Acciones de Nulidad Electoral y la Demanda de Pérdida de Investidura que yo radicara ante ellos, quedó en evidencia que no les interesa luchar contra la infame impunidad de la que vienen disfrutando los derrotados narcoparamilitares de la izquierda colombiana como Petro Urrego.

(iii) Establecer mecanismos de acceso ágil, oportuno, pronto y eficaz a la justicia, la forma precipitada, ágil, oportuna y pronta como los operadores de justicia de la Sección Quinta del Consejo de Estado y de la Corte Suprema desestimaron en el 2018 mis Acciones de Nulidad Electoral y mi Demanda de Pérdida de Investidura contra Petro Urrego, fue para intencionalmente sacrificar y negarnos a los colombianos de bien (ni criminales ni cómplices de criminales), acceso eficaz a la justicia para castigar a infames violadores de los Derechos Humanos.

(iv) Investigar, procesar y sancionar judicialmente a los responsables de graves violaciones de Derechos Humanos, ni los operadores de justicia de la Sección Quinta del Consejo de Estado ni sus camaradas de la Corte Suprema se tomaron siquiera la molestia de considerar investigar al denunciado violador de los Derechos Humanos Petro Urrego, mucho menos le procesaron ni sancionaron de manera alguna no obstante y lo contundente y arrolladora que es la evidencia de su aún impune fratricida proceder.

(v) Respetar el debido proceso, apelando a mentiras y a acomodadas invocaciones de Leyes para que parecieran estar cumpliéndolas, como víctima y como denunciante se me irrespetó el debido proceso; como resultado de esto, el aún impune CRIMINAL DE GUERRA del Petro Urrego y sus cómplices en los poderes públicos de Colombia lograron usurpar también la Presidencia de nuestra Nación.

(vi) Establecer plazos razonables para los procesos judiciales, afortunadamente las conductas criminales que resultan en violaciones de los Derechos Humanos no tienen límite de tiempo para ser denunciadas, investigadas, juzgadas, y castigadas. Por mucho que cómplices operadores de justicia pretenden burlarse de las víctimas de atroces como Petro Urrego, jamás tendrán garantizada la impunidad, ni la de sus atroces camaradas, ni la propia por cómplices. El tiempo jamás jugará a su favor.

(vii) Iniciar exofficio las investigaciones en casos de graves violaciones contra los DD.HH., si ni los operadores de justicia de la Sección Quinta del Consejo de Estado ni aquellos de la Corte Suprema procedieron a iniciar las investigaciones de las graves violaciones contra los Derechos Humanos que ante ellos denuncié, mucho menos lo han hecho, hicieron, ni harán exoffcio; Todos han sido, son, y lo seguirán siendo hasta tanto paguen por su infamia, simpatizantes, defensores, encubridores, y/o cómplices de esos aún impunes GENOCIDAS.

(viii) Velar porque los mecanismos judiciales internos no conduzcan a la impunidad y al ocultamiento de la verdad, Si en algo resultó el desconsiderado e ilegal proceder de los operadores de justicia de la Sección Quinta del Consejo de Estado y de la Corte Suprema frente a los justificados recursos que ante ellos radicara, fue en impunidad y en ocultamiento de la VERDAD.

Jamás me cansaré ni desistiré en mi propósito de mostrarles que no es culpa de nuestra institucionalidad que nuestras naciones estén tan amenazadas como lo están ahora por parte de la criminal y destructiva izquierda; La responsabilidad es nuestra por cuanto como ciudadanos de bien hemos confiado en las personas equivocadas. No necesitamos próceres ni mecías, lo que necesitamos es ciudadanos firmemente comprometidos con que en nuestras bellas patrias se respeten y prevalezcan la LEY, la VERDAD, y la JUSTICIA. Hagan mucho más que sólo la que creen es su parte… Juéguensela toda, porque de lo contrario lo perderán todo.

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