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Tribunal ordenó habilitar inscripción de precandidaturas del Pacto Histórico tras suspender resolución del CNE

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá emitió una decisión provisional que suspende parcialmente los efectos de la Resolución 09673, expedida el 17 de septiembre de 2025 por el Consejo Nacional Electoral (CNE), mediante la cual se había otorgado personería jurídica al Pacto Histórico c

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Redacción IFM
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Tribunal ordenó habilitar inscripción de precandidaturas del Pacto Histórico tras suspender resolución del CNE

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá emitió una decisión provisional que suspende parcialmente los efectos de la Resolución 09673, expedida el 17 de septiembre de 2025 por el Consejo Nacional Electoral (CNE), mediante la cual se había otorgado personería jurídica al Pacto Histórico como partido único, dejando por fuera a movimientos como Colombia Humana y Progresistas.

La decisión, firmada por la magistrada Karen Lucía Castro Ortega de la Sala Unitaria Laboral, responde a una acción de tutela interpuesta por los precandidatos presidenciales Carolina Corcho y Gustavo Bolívar. Según el fallo, la medida busca garantizar el debido proceso administrativo y la igualdad en la participación política, en tanto que la resolución del CNE condicionaba la inscripción de precandidaturas a la firmeza de procesos sancionatorios en curso.

La magistrada resolvió suspender de manera transitoria esos efectos de la resolución, exclusivamente en lo relacionado con el condicionamiento de la personería jurídica y el registro del Pacto Histórico. En consecuencia, el Tribunal ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil habilitar de inmediato la inscripción de precandidaturas de la coalición para la consulta prevista en el calendario electoral el próximo 26 de octubre de 2025.

El auto advierte que la medida provisional no cobija los demás contenidos de la resolución ni constituye un fallo de fondo sobre la legalidad de la decisión del CNE. Se trata de una medida cautelar para evitar un perjuicio irreparable a los accionantes mientras se define el litigio.

Adicionalmente, el Tribunal admitió en calidad de coadyuvantes a ciudadanos que manifestaron por correo electrónico su interés en respaldar las pretensiones de la tutela, pero aclaró que no podrán formular nuevas pretensiones ni ampliar el objeto del proceso.

La Secretaría del Tribunal tendrá que publicar un aviso en la página web de la Rama Judicial, sección Tribunal Superior de Bogotá, durante dos días, con el fin de permitir que la ciudadanía presente coadyuvancias u oposiciones dentro del plazo legal.

En el mismo fallo se requirió a la Registraduría certificar el calendario electoral vigente, los plazos y requisitos de inscripción del 26 de septiembre, remitir los instructivos y circulares aplicables, así como copias de las actuaciones relacionadas con el proceso de inscripción del Pacto Histórico. La entidad deberá acreditar su cumplimiento en un plazo máximo de cinco horas después de ser notificada.

La decisión del Tribunal fue adoptada este 25 de septiembre y notificada a las partes, entre ellas los accionantes, la Registraduría, el Consejo Nacional Electoral y los coadyuvantes reconocidos. Mientras se surte el trámite, la coalición podrá continuar con la inscripción de sus precandidatos de cara a la consulta del próximo mes, hasta tanto se profiera sentencia de fondo o una nueva disposición en contrario.

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