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Tribunal de Cundinamarca ratificó suspensión de convenios de pasaportes tras negar aclaraciones

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha rechazado las solicitudes de aclaración presentadas por varias entidades involucradas en el proceso de expedición de pasaportes, dejando en firme la suspensión de los convenios interadministrativos No. 001 de 2025 y CI-005 de 2026.

REDACCIÓN
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Tribunal de Cundinamarca ratificó suspensión de convenios de pasaportes tras negar aclaraciones

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha rechazado de manera contundente las solicitudes de aclaración presentadas por la Casa da Moeda de Portugal, la Cancillería, la Imprenta Nacional y el coadyuvante Alonso Morales Salinas. Esta decisión deja en firme la suspensión de los convenios interadministrativos No. 001 de 2025 y CI-005 de 2026, ordenando la continuidad del trámite correspondiente en este proceso judicial.

La medida cautelar y las solicitudes de aclaración

La providencia del 2 de septiembre de 2026, que resolvió la medida cautelar solicitada por el accionante Nicolás Dupont, fue el punto de partida para las peticiones de aclaración. Tanto la Cancillería como la entidad portuguesa y el coadyuvante Alonso Morales Salinas buscaron precisar el alcance de la decisión judicial.

La Imprensa Nacional - Casa da Moeda, por ejemplo, solicitó al Tribunal que aclarara si la medida cautelar extendía su efecto al convenio tripartito en el que participa. La entidad argumentó que este acuerdo es un negocio jurídico derivado de los convenios interadministrativos cuya ejecución fue suspendida. Adicionalmente, el socio internacional del modelo de pasaportes inquirió si las actividades que ha venido ejecutando en desarrollo de dicho convenio deben seguir siendo reconocidas y pagadas, dada la incertidumbre generada por la suspensión.

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Por su parte, la Cancillería, en su afán por garantizar la continuidad del servicio, solicitó que se autorizara la utilización de las libretas de pasaporte que actualmente se encuentran en inventario. Estas libretas, según la entidad, solo requieren ser personalizadas por la Imprenta Nacional para asegurar la prestación ininterrumpida del servicio a los ciudadanos.

En una línea similar, la Imprenta Nacional preguntó al Tribunal si se encontraba facultada para continuar con la personalización, suministro y distribución de las libretas de pasaporte que tiene disponibles, mientras la medida cautelar se mantuviera vigente. La preocupación de ambas entidades giraba en torno a cómo gestionar el stock existente y evitar una interrupción total en la expedición de pasaportes.

Finalmente, el coadyuvante Alonso Morales Salinas pidió que se aclararan los fundamentos que llevaron al Tribunal a decretar la suspensión de los convenios. Específicamente, solicitó que se precisara cuál fue el riesgo concreto para los derechos colectivos identificado en la providencia y por qué la presunta insuficiencia de información sobre la implementación del nuevo modelo de expedición de pasaportes justificaba la suspensión de dichos instrumentos y no la adopción de medidas menos gravosas.

La postura inquebrantable del tribunal

Ante estas solicitudes, el magistrado Moisés Mazabel Pinzón se abstuvo de resolver las controversias planteadas. El magistrado enfatizó que la providencia inicial fue clara en su contenido y alcance, y que corresponde exclusivamente a las autoridades concernidas adoptar las decisiones necesarias para asegurar la continuidad del servicio de expedición de pasaportes.

El auto interlocutorio emitido por el Tribunal fue explícito al señalar que “no le compete al juez popular sustituir a la Administración en la dirección, planeación o ejecución de las medidas de contingencia que resulten procedentes, ni determinar de manera previa cuáles mecanismos contractuales, presupuestales o logísticos deben implementarse para cumplir la orden impartida, pues ello implicaría trasladar al órgano judicial competencias que corresponden exclusivamente a las entidades encargadas de la prestación del servicio”.

En este sentido, la decisión judicial es categórica: “La decisión, por tanto, no presenta vacíos de interpretación ni requiere complementación alguna, pues definió con claridad tanto el alcance de la suspensión decretada como las obligaciones que recaen sobre las entidades destinatarias de la orden judicial”.

Con esta ratificación, la suspensión de los convenios se mantiene vigente. A partir de mañana, las entidades involucradas en el esquema de pasaportes dispondrán de un plazo de 20 días para presentar un informe detallado sobre la ejecución de los acuerdos, en cumplimiento de lo ordenado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

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