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Juzgado de familia decretó divorcio entre Nicolás Petro y Daysuris Vásquez

Luego de casi tres años de separación de hecho, el vínculo matrimonial entre Nicolás Petro Burgos y Daysuris Vásquez quedó disuelto por decisión judicial.

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Redacción IFM
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Juzgado de familia decretó divorcio entre Nicolás Petro y Daysuris Vásquez

Luego de casi tres años de separación de hecho, el vínculo matrimonial entre Nicolás Petro Burgos y Daysuris Vásquez quedó disuelto por decisión judicial. El Juzgado Octavo de Familia de Oralidad de Barranquilla decretó el divorcio del matrimonio civil que la pareja había celebrado en abril de 2019, en una providencia emitida el pasado 18 de diciembre.

La decisión judicial se da en medio de un contexto marcado por procesos penales y declaraciones públicas que han mantenido a ambos en el centro del debate nacional. Petro Burgos y Vásquez se encuentran separados desde finales de 2022, periodo previo a que ella rindiera declaraciones ante la Fiscalía General de la Nación en las que señaló al hijo del Presidente de la República por un presunto enriquecimiento ilícito y lavado de activos.

De acuerdo con el fallo, el juzgado analizó como uno de los puntos jurídicos relevantes el hecho de que la demandada no hubiera dado respuesta a la demanda de divorcio presentada por Petro Burgos. En ese sentido, el despacho concluyó que Vásquez fue notificada de manera adecuada dentro del proceso y que, al no ejercer su derecho a contestar, se entendía su conformidad con las pretensiones planteadas en la demanda.

“La demandada se notificó en debida forma y no contestó la demanda, lo que hace entender que está de acuerdo con el divorcio y la propuesta”, señala el texto de la decisión judicial conocida públicamente.

No obstante, la determinación no fue recibida de manera favorable por el equipo jurídico de Daysuris Vásquez. Su defensa confirmó que presentará una solicitud de nulidad del fallo, argumentando que no tuvieron conocimiento oportuno del trámite judicial y que, por tanto, no pudieron intervenir ni ejercer la representación legal dentro del proceso. Según lo expresado por sus abogados, esta situación habría afectado el derecho a la defensa de su representada.

Nicolás Petro, en calidad de demandante, solicitó el divorcio bajo el argumento de no existir obligación alimentaria vigente entre las partes. En su petición también requirió la liquidación de la sociedad conyugal, planteando que la repartición de los bienes se realice de manera equitativa, conforme a lo establecido en la legislación civil.

El proceso de separación entre Petro y Vásquez trascendió el ámbito familiar y adquirió relevancia pública desde que se hicieron conocidas las declaraciones de ella ante las autoridades judiciales, en las que relató presuntas irregularidades financieras. Estos señalamientos derivaron en investigaciones penales que actualmente continúan su curso y que han sido abordadas por distintos entes de control.

Mientras avanza el trámite de la solicitud de nulidad anunciada por la defensa de Vásquez, el divorcio decretado por el juzgado de Barranquilla se mantiene vigente. El expediente permanece sujeto a eventuales decisiones judiciales adicionales que definan si el proceso cumplió con las garantías procesales exigidas por la ley.

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