Juzgado concedió libertad condicional a Miguel Maza por condena en el caso Galán
El Juzgado 16 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá otorgó la libertad condicional al general en retiro Miguel Alfredo Maza Márquez, condenado por su responsabilidad en el asesinato del dirigente liberal Luis Carlos Galán.
El Juzgado 16 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá otorgó la libertad condicional al general en retiro Miguel Alfredo Maza Márquez, condenado por su responsabilidad en el asesinato del dirigente liberal Luis Carlos Galán.
La decisión establece que el exdirector del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) quedará sometido a un periodo de prueba de 132 meses, 29 días y 13 horas, contados a partir de la firma del acta de compromiso ante el despacho judicial.
Como parte de las condiciones impuestas, tendrá que constituir una caución prendaria equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes, mediante título de depósito judicial.
Según el auto, el juzgado determinó que Maza Márquez cumplió el tiempo mínimo exigido por la ley para acceder al beneficio, además de acreditar buena conducta y satisfacer los requisitos administrativos y disciplinarios establecidos en la normativa vigente.
El general retirado se encontraba privado de la libertad desde el 20 de noviembre de 2013 en el Centro de Estudios Superiores de la Policía (Cespo), en el norte de Bogotá. De acuerdo con el expediente, había cumplido 12 años y tres meses de la pena de 30 años de prisión que le fue impuesta.
En enero de 2026, el mismo juzgado había negado una solicitud de libertad condicional tras analizar los conceptos remitidos por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), al considerar que no se cumplían los requisitos necesarios en ese momento. La nueva determinación se produjo luego de una revisión actualizada del tiempo de condena ejecutado y de las condiciones legales exigidas.
La condena contra Maza Márquez fue proferida por la Corte Suprema de Justicia, que lo declaró coautor de los delitos de concierto para delinquir y homicidio con fines terroristas por el atentado ocurrido el 18 de agosto de 1989 en Soacha, Cundinamarca. En ese hecho también murieron el concejal Julio César Peñaloza Sánchez y el escolta Santiago Cuervo Jiménez, y resultó herido el escolta Pedro Nel Angulo Bonilla.
En la sentencia, la Sala Penal concluyó que el entonces director del DAS habría establecido una alianza con el comandante paramilitar Henry de Jesús Pérez Durán para planear y ejecutar el atentado. El fallo señaló que su responsabilidad se configuró a partir de decisiones relacionadas con el esquema de seguridad del candidato presidencial, en un contexto en el que existían amenazas en su contra.
El alto tribunal también examinó declaraciones y testimonios incorporados al proceso, así como actuaciones posteriores al magnicidio relacionadas con las investigaciones adelantadas para esclarecer los hechos.
Con la concesión de la libertad condicional, la pena no se extingue. Durante el periodo de prueba, Maza Márquez tendrá que cumplir las obligaciones fijadas por el juzgado. En caso de incumplimiento, el beneficio podrá ser revocado y se ordenaría el cumplimiento intramural del resto de la condena.

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