Despacho judicial rechazó tutela del general (r) Urrego contra Benedetti tras solicitud de información sobre su retiro
Un juez negó la acción de tutela presentada por el general (r) de la Policía Nacional Edwin Urrego Pedraza, quien buscaba obtener información adicional del MinInterior sobre las circunstancias que rodearon su retiro de la institución.
Asimismo, sobre una eventual participación del ministro del Interior, Armando Benedetti, en esa decisión administrativa. La controversia se originó luego de que Urrego, excomandante de la Policía Metropolitana de Barranquilla, fuera llamado a calificar servicios en medio de una controversia pública derivada de señalamientos hechos por Petro, quien lo mencionó como presunto responsable de un supuesto complot en su contra.
El oficial retirado sostuvo que esas afirmaciones, sumadas a declaraciones del ministro Benedetti, afectaron su situación institucional. En ese contexto, el 31 de marzo de 2026, Urrego radicó un derecho de petición ante el Ministerio del Interior con una serie de solicitudes encaminadas a establecer si el jefe de esa cartera había solicitado o recomendado formalmente su retiro ante el presidente de la República, el ministro de Defensa o la Dirección General de la Policía Nacional.
Dentro de los requerimientos presentados por el oficial retirado también se incluyó la solicitud de copia de cualquier documento que eventualmente sustentara una recomendación en ese sentido, así como la trazabilidad de su envío. Además, pidió certificación expresa en caso de que tal recomendación no hubiera existido.
La petición contempló igualmente la entrega de copia digital de una declaración oficial rendida por Benedetti a medios de comunicación el 11 de febrero de 2026, así como acceso a los documentos en los que se habrían sustentado afirmaciones atribuidas al ministro relacionadas con supuestas alianzas políticas del general con fines irregulares.
El Ministerio del Interior respondió el 27 de abril mediante comunicación enviada por correo electrónico. En la respuesta, se indicó que las manifestaciones realizadas por Benedetti sobre Urrego se produjeron a través de sus cuentas personales en redes sociales, en medio de intercambios públicos ocurridos entre el 11 y el 13 de febrero, y no como parte de actuaciones oficiales o institucionales del Ministerio.
La cartera también señaló que el Ministro no solicitó ni recomendó el retiro del oficial. Según la respuesta oficial, las decisiones relacionadas con la permanencia o retiro de oficiales de la Policía Nacional corresponden a las facultades discrecionales del presidente de la República y a las competencias internas de la institución.
Tras recibir esa contestación, Urrego interpuso acción de tutela al considerar que sus derechos fundamentales, particularmente el derecho de petición, no habían sido satisfechos de manera integral. En su recurso, solicitó que la justicia ordenara una respuesta de fondo, precisa y congruente respecto a cada uno de los puntos formulados.
Al revisar el expediente, el despacho judicial concluyó que la solicitud ya había sido atendida por la entidad accionada, razón por la cual determinó que no existía una vulneración actual de derechos fundamentales que justificara una orden adicional.
En la providencia se indicó que el caso encuadraba en la figura jurídica conocida como hecho superado, mecanismo aplicable cuando la situación que motivó la acción judicial ha sido resuelta durante el trámite del proceso. Bajo ese criterio, el despacho consideró improcedente conceder el amparo solicitado.
La decisión judicial señaló que, al haberse emitido una respuesta al derecho de petición, desapareció el objeto de controversia que sustentaba la tutela presentada por el general retirado.
El caso se produjo luego de varios episodios de confrontación pública entre Urrego y Benedetti, derivados de declaraciones y publicaciones relacionadas con procedimientos adelantados cuando el oficial aún se encontraba en servicio activo, entre ellos un allanamiento realizado en Puerto Colombia por orden de la Corte Suprema de Justicia.
Con esta determinación, queda cerrada esta actuación judicial relacionada con la solicitud de información formulada por Urrego sobre su retiro de la Policía Nacional y las declaraciones emitidas por el actual ministro del Interior.


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