Corte Suprema cerró puerta a casación para Santiago Uribe dejando en firme su condena por "Los 12 Apóstoles"
La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia confirmó la decisión que negó la tutela con la que Santiago Uribe Vélez buscaba habilitar un recurso de casación contra su condena de más de 28 años de cárcel por el caso de "Los 12 Apóstoles".
La Corte Suprema de Justicia ha cerrado definitivamente la puerta a un recurso de casación para Santiago Uribe Vélez, dejando en firme su condena por los hechos relacionados con el grupo paramilitar conocido como "Los 12 Apóstoles".
En una sentencia fechada el 5 de noviembre y conocida hoy, la Sala de Casación Laboral, con ponencia del magistrado Omar Ángel Mejía Amador, resolvió la impugnación que la defensa de Santiago Uribe Vélez había presentado contra el fallo de tutela de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural. Esa sala ya había concluido previamente que la Sala Penal no actuó de forma arbitraria al rechazar el recurso de casación, una postura que ahora queda blindada por este nuevo pronunciamiento.
La Sala Laboral llegó a la misma conclusión tras un análisis detallado de los procedimientos aplicados. Según el fallo, la corporación no encontró "desatino alguno" que justificara la intervención del juez constitucional en este caso. Con ello, se mantuvo ilesa la condena por los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir agravado.
Únete al canal de WhatsApp de IFMNOTICIAS para estar informado de manera oportuna y con detalle. IFMNOTICIAS · Información de VerdadUnirmeEstos cargos están directamente vinculados a las acciones del grupo armado ilegal conocido como "Los 12 Apóstoles", estructura señalada de cometer múltiples homicidios en el norte de Antioquia, especialmente en el municipio de Yarumal, durante la década de 1990. Es importante recordar que la Fiscalía General de la Nación calificó estos hechos como crímenes de lesa humanidad, dada su naturaleza sistemática y el impacto en la población civil.
La acción de tutela, que es el mecanismo constitucional para proteger derechos fundamentales, fue presentada por el abogado Luis Felipe Henao en representación de Uribe Vélez. El recurso estaba dirigido específicamente contra el auto del 5 de junio de 2026, mediante el cual la Sala de Casación Penal rechazó por improcedente la casación. La casación es un recurso extraordinario que tiene como fin revisar si una sentencia judicial se ajustó estrictamente a la ley y a las garantías procesales.
La defensa técnica pedía dejar sin efectos esa decisión y abrir de nuevo el plazo para presentar la demanda de casación prevista en la Ley 600 de 2000, que es el régimen procesal bajo el cual se tramitó este extenso expediente. En sus argumentos, el abogado alegaba la presunta vulneración de derechos fundamentales como el debido proceso, la igualdad, el acceso a la administración de justicia y la libertad personal.
Adicionalmente, la defensa solicitó suspender la ejecución de la pena de prisión mientras se resolvía el fondo del asunto en las instancias constitucionales. Uno de los puntos centrales de la argumentación de Henao radicaba en la distinción entre la impugnación especial y la casación.
La impugnación especial es la garantía que permite a cualquier ciudadano que recibe su primera condena en una segunda instancia (tras haber sido absuelto en primera) pedir que otra autoridad judicial revise el fallo de manera integral, garantizando la doble conformidad.
De acuerdo con los apartes del fallo, la Sala Laboral fue enfática al explicar la naturaleza de los recursos en el ordenamiento jurídico colombiano. La corporación aclaró que la impugnación especial aseguró la doble conformidad de una primera condena, cumpliendo con los estándares internacionales de derechos humanos, pero esto no convierte el proceso judicial en uno de tres instancias, lo cual no está contemplado en la ley.
La Corte recordó que, según la jurisprudencia vigente y reiterada, contra la decisión que resuelve la impugnación especial no procede el recurso extraordinario de casación. El fallo añadió que esta regla de procedimiento aplica de manera uniforme tanto a los procesos que se rigen por la Ley 600 de 2000 como a los de la Ley 906 de 2004 (Sistema Penal Acusatorio). Por lo tanto, los magistrados determinaron que no existía ningún motivo jurídico válido para habilitar un nuevo término procesal o revivir etapas que ya habían sido agotadas conforme a la norma.
El caso contra Santiago Uribe Vélez ha tenido un recorrido procesal de varios años, marcado por decisiones contrastantes. En noviembre de 2024, el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia había emitido inicialmente un fallo absolutorio a favor del ganadero. Sin embargo, esa decisión fue apelada por la Fiscalía General de la Nación, el Ministerio Público y la representación de la parte civil.
Un año después, en noviembre de 2025, el Tribunal Superior de Antioquia revocó la absolución y profirió la sentencia condenatoria. Según reportó Radio Hoy en su momento, la pena fijada fue de 340 meses de prisión (equivalentes a más de 28 años), además de la imposición de una multa económica y la inhabilidad para ejercer funciones públicas. En esa misma providencia, el tribunal negó la solicitud de prisión domiciliaria, ordenando que el cumplimiento de la pena fuera en centro carcelario.
Posteriormente, el 3 de junio de 2026, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema confirmó la condena al resolver el recurso de impugnación especial, ratificando la responsabilidad de Uribe Vélez. Solo dos días después, el 5 de junio, la misma sala rechazó el intento de casación. La tutela que acaba de ser fallada en contra de los intereses de la defensa representaba el último intento dentro de la jurisdicción ordinaria para intentar reabrir la vía de la casación.
Tras este fallo de la Sala Laboral, se ha ordenado enviar el expediente a la Corte Constitucional. Este alto tribunal tiene la facultad de escoger, de forma discrecional, las acciones de tutela que considera relevantes para su revisión, pero este proceso de selección no garantiza que el caso sea estudiado de fondo nuevamente. Si la Corte Constitucional decide no seleccionar la tutela para su revisión, la decisión de la Corte Suprema quedará en firme y el proceso se dará por terminado definitivamente en el ámbito nacional.
Preguntas y respuestas de contexto
¿Cuál fue la decisión final de la Corte Suprema sobre Santiago Uribe?
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia negó una tutela que buscaba habilitar el recurso de casación, dejando en firme la condena de más de 28 años de cárcel contra el ganadero.
¿Por qué delitos fue condenado el hermano del expresidente Álvaro Uribe?
Fue hallado responsable de homicidio agravado y concierto para delinquir agravado por sus vínculos con el grupo paramilitar 'Los 12 Apóstoles' en el norte de Antioquia durante los años 90.
¿Qué argumento utilizó la Corte para cerrar este recurso judicial?
El tribunal aclaró que, tras resolverse la impugnación especial que garantiza la doble conformidad, no procede legalmente un recurso extraordinario de casación, pues esto no convierte el proceso en uno de tres instancias.
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