Corte Constitucional evalúa sesión extraordinaria ante decreto de emergencia económica
La decisión del Gobierno nacional de declarar la emergencia económica, con un decreto ya firmado por todo el gabinete, abrió un frente jurídico inmediato con la Corte Constitucional, que no descarta convocar una sesión extraordinaria en medio de la vacancia judicial para ejercer el control automátic
La decisión del Gobierno nacional de declarar la emergencia económica, con un decreto ya firmado por todo el gabinete, abrió un frente jurídico inmediato con la Corte Constitucional, que no descarta convocar una sesión extraordinaria en medio de la vacancia judicial para ejercer el control automático que ordena la Constitución.
El anuncio se produce a pocos meses del inicio formal del calendario electoral de 2026 y en un contexto fiscal marcado por la caída de la ley de financiamiento en el Congreso.
El ministro del Interior, Armando Benedetti, confirmó que el decreto se encuentra listo, lo que habilitaría al Ejecutivo a expedir normas con fuerza de ley, incluidas disposiciones tributarias, sin pasar por el Legislativo.
El argumento central del Gobierno es cubrir un faltante de 16,3 billones de pesos en el Presupuesto General de 2026, aprobado de manera condicionada tras el archivo de la reforma tributaria.
Una vez expedido, el decreto tendría que ser enviado a la Corte Constitucional al día siguiente para su revisión automática. Fuentes del alto tribunal señalan que, pese a la vacancia judicial, la corporación analiza mecanismos para activar de manera excepcional su funcionamiento, dado que se trata de un estado de excepción.
Entre las opciones está solicitar al Consejo Superior de la Judicatura la habilitación de personal mínimo para admitir el expediente, decretar pruebas y avanzar en el análisis de fondo.
El borrador del decreto que circula desde finales de la semana pasada incluye nuevas cargas tributarias, entre ellas un impuesto al patrimonio de personas jurídicas, el aumento del gravamen a los movimientos financieros, mayores impuestos al consumo de licores y cigarrillos, y la reactivación de tributos asociados a hidrocarburos y carbón.
Medidas similares adoptadas bajo estados de excepción recientes ya fueron objeto de control constitucional, con resultados adversos para el Ejecutivo.
Desde el sector gremial, el Consejo Gremial Nacional sostuvo que existen herramientas ordinarias en la Ley Orgánica del Presupuesto para ajustar el gasto sin acudir a una emergencia. Voces como la de María Claudia Lacouture y Ramiro Bejarano coincidieron en que el uso de esta figura para suplir una reforma tributaria negada por el Congreso desborda los límites constitucionales.
La Corte Constitucional, de avanzar en el trámite, podría priorizar una solicitud de medida cautelar para suspender los efectos fiscales del decreto mientras se estudia su legalidad. De encontrarse vicios de fondo, los efectos de una eventual sentencia podrían ser retroactivos, con implicaciones jurídicas para los ministros firmantes y para las finanzas públicas.

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