Consejo de Estado respaldó elección de Iris Marín tras demanda por paridad de género
El Consejo de Estado dejó en firme la elección de Iris Marín como defensora del Pueblo, luego de resolver la demanda que buscaba anular su designación al considerar que se había vulnerado el principio de paridad de género.
El Consejo de Estado dejó en firme la elección de Iris Marín como defensora del Pueblo, luego de resolver la demanda que buscaba anular su designación al considerar que se había vulnerado el principio de paridad de género.
La decisión despeja el cuestionamiento jurídico presentado contra la terna conformada exclusivamente por mujeres, la primera de este tipo en la historia de la entidad.
La acción de nulidad sostenía que al excluir a hombres de la terna presentada por el presidente Gustavo Petro se infringían normas constitucionales y tratados internacionales que garantizan la igualdad de acceso a cargos públicos. El demandante argumentó que esa exclusión contrariaba los artículos 13 y 40 de la Constitución, así como disposiciones de la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Según esa postura, la conformación de la terna limitaba de manera injustificada la participación de los hombres en el proceso de selección.
También se mencionó la presunta vulneración del artículo 6 de la Ley 581 de 2000, interpretado por el accionante como un mandato de equilibrio entre los géneros. A su juicio, la ley busca garantizar representación de hombres y mujeres sin excluir a ninguno de los dos. La demanda añadió además el señalamiento sobre el artículo 2 de la Ley 24 de 1992, aunque sin precisar cómo la elección de Marín habría desconocido esa norma.
Tras revisar los alegatos, el alto tribunal concluyó que el Presidente de la República tiene discrecionalidad para integrar las ternas y que la exigencia legal únicamente obliga a incluir al menos a una mujer. En consecuencia, la presentación de tres candidatas no constituye una irregularidad ni un acto discriminatorio. La sentencia sostuvo que este tipo de decisiones se enmarca en la política de inclusión y permite remover barreras históricas que han limitado el acceso de las mujeres a cargos de dirección.
El Consejo de Estado recordó además que ya había adoptado una postura similar en el caso de la elección de la fiscal general, Luz Adriana Camargo, donde se discutió la validez de una terna conformada únicamente por mujeres. En ese precedente, también se había señalado que la conformación femenina no configuraba una vulneración de derechos ni un motivo para declarar la nulidad.
Tras conocerse el fallo, la defensora del Pueblo, Iris Marín, destacó que la ratificación constituye un respaldo a las medidas que buscan fortalecer la representación femenina en la institucionalidad.
A través de un pronunciamiento público, aseguró que las ternas conformadas exclusivamente por mujeres son un mecanismo válido para alcanzar la paridad y consolidar el principio de igualdad material. También agradeció al presidente Gustavo Petro por haber impulsado esa iniciativa y subrayó su compromiso como primera mujer en ocupar la Defensoría del Pueblo.


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