Consejo de Estado dejó firme la elección de Héctor Carvajal como Magistrado de la Corte Constitucional
La Sección Quinta del Consejo de Estado negó las demandas que buscaban anular la elección de Héctor Alfonso Carvajal Londoño como Magistrado de la Corte Constitucional. El alto tribunal concluyó que el proceso adelantado por el Senado de la República cumplió con las normas legales y constitucionales.
El Consejo de Estado mantuvo en firme la elección de Héctor Alfonso Carvajal Londoño como Magistrado de la Corte Constitucional, al negar las pretensiones de varias demandas de nulidad electoral que cuestionaban el proceso mediante el cual fue escogido por el Senado de la República el 20 de mayo de 2025.
La decisión fue adoptada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo mediante sentencia del día de hoy, dentro de un proceso iniciado por los ciudadanos Dorian Alexander Agudelo Orozco, Harold Eduardo Sua Montaña y Samuel Alejandro Ortiz Mancipe, quienes solicitaron la anulación de la elección y la realización de un nuevo proceso para proveer la vacante dejada por la entonces magistrada Cristina Pardo Schlesinger.
En el estudio del caso, se examinó los distintos argumentos planteados por los demandantes, entre ellos presuntas irregularidades en el desarrollo de la sesión plenaria del Senado, el cumplimiento de las normas sobre paridad de género, la diversidad de especialidades jurídicas dentro de la Corte Constitucional, la edad del magistrado elegido y una eventual desviación de poder en el proceso de postulación y elección.
Respecto a la sesión del Senado en la que se realizó la votación, la corporación concluyó que no existía ninguna disposición que obligara a efectuar una jornada exclusiva para la elección del Magistrado.
Asimismo, estableció que el orden del día fue aprobado y modificado conforme a los procedimientos reglamentarios y que la plenaria autorizó continuar la reunión bajo la modalidad de sesión permanente.
La sentencia también descartó que se hubiera vulnerado el principio de paridad de género. El Consejo de Estado señaló que la terna presentada por el Presidente de la República para proveer la vacante estuvo integrada por Dídima Rico Chavarro, Karena Elisama Caselles Hernández y Héctor Alfonso Carvajal Londoño, es decir, dos mujeres y un hombre, cumpliendo así las exigencias establecidas en la legislación vigente para este tipo de postulaciones.
De igual manera, la Sala consideró que no se acreditó una afectación al principio de diversidad de especialidades jurídicas dentro de la Corte Constitucional. Según la providencia, los demandantes no aportaron pruebas suficientes que permitieran demostrar que la elección de Carvajal alterara la composición plural del tribunal o desconociera las disposiciones constitucionales y legales aplicables.
Otro de los cuestionamientos analizados estuvo relacionado con la edad del Magistrado elegido. Sobre este punto, el Consejo de Estado precisó que Héctor Alfonso Carvajal no había alcanzado la edad de retiro forzoso al momento de su elección, por lo que una eventual imposibilidad de completar el período constitucional de ocho años constituía una circunstancia futura que no afectaba la legalidad del acto electoral ni configuraba una causal de inelegibilidad.
Asimismo, también se estudiaron los señalamientos sobre una presunta cercanía entre Carvajal y el Presidente de la República, derivada de su trayectoria profesional como abogado.
Sin embargo, concluyó que no existían elementos probatorios que demostraran que la conformación de la terna o la votación del Senado hubieran respondido a intereses particulares, políticos o personales distintos al objetivo constitucional de proveer la vacante en la Corte Constitucional.
En sus conclusiones, la Sección Quinta sostuvo que ninguno de los cargos formulados logró desvirtuar la presunción de legalidad que ampara el acto de elección. Por esta razón, negó la nulidad de la designación contenida en el Acta 71 de la sesión plenaria del Senado del 20 de mayo de 2025 y ordenó el archivo del expediente una vez la decisión quedara en firme.

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