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Hasta este 5 de marzo hay plazo para inscribir testigos electorales ¿Cómo se debe hacer?

El Consejo Nacional Electoral (CNE) amplió hasta este jueves 5 de marzo de 2026, a las 11:59 p. m., el plazo para que partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos inscriban a sus testigos electorales con miras a las elecciones al Congreso previstas para 2026. La fecha límite se cumple mañana, de acuerdo con …

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Redacción IFM
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Hasta este 5 de marzo hay plazo para inscribir testigos electorales ¿Cómo se debe hacer?
Foto cortesía CNE

El Consejo Nacional Electoral (CNE) amplió hasta este jueves 5 de marzo de 2026, a las 11:59 p. m., el plazo para que partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos inscriban a sus testigos electorales con miras a las elecciones al Congreso previstas para 2026.

La fecha límite se cumple mañana, de acuerdo con la resolución expedida por la autoridad electoral. La decisión modificó el calendario inicialmente establecido para la postulación, acreditación y ejercicio de funciones de los testigos electorales y auditores de sistemas.

Según el documento oficial, la determinación fue adoptada con fundamento en el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 y el artículo 192 del Decreto Ley 2241 de 1986, normas que regulan aspectos del régimen electoral colombiano.

El CNE señaló que la ampliación respondió a solicitudes presentadas por distintas organizaciones políticas, que pidieron ajustar los tiempos para cumplir con el proceso de postulación. También indicó que la consolidación de la División Político-Electoral (Divipole), realizada durante la semana del 17 de febrero de 2026, incidió en la necesidad de otorgar un plazo adicional para completar correctamente la inscripción de los ciudadanos que ejercerán funciones de vigilancia.

De acuerdo con la resolución, los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones de elección popular, así como quienes promuevan el voto en blanco y las organizaciones de observación electoral reconocidas por el CNE, pueden acreditar testigos ante cada mesa de votación y ante cada comisión escrutadora. La medida cobija el proceso electoral en el que se instalarán más de 126.000 mesas en todo el territorio nacional.

Para realizar la inscripción, las organizaciones deben postular a los ciudadanos indicando nombres completos, número de documento de identidad y la mesa de votación o comisión escrutadora ante la cual ejercerán la función.

La información debe presentarse dentro del plazo establecido y conforme a los lineamientos técnicos definidos por la autoridad electoral. El documento advierte que, en condiciones ordinarias, las fechas fijadas no son susceptibles de prórroga, salvo que se configure fuerza mayor o caso fortuito.

La ampliación será informada a las colectividades que inscribieron candidatos al Senado, la Cámara de Representantes y las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz.

En el contexto del proceso electoral, el presidente Gustavo Petro ha planteado cuestionamientos sobre el diligenciamiento del formulario E-14 por parte de los jurados de votación. Por su parte, la Registraduría Nacional del Estado Civil ha señalado que el sistema electoral es administrado directamente por el Estado desde 2021, en cumplimiento de una orden judicial, modelo que fue aplicado en las elecciones de 2022.

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