MinTrabajo salió al paso de los rumores: el salario mínimo de 2026 sigue vigente y nadie tendrá que devolver dinero
La ministra del Trabajo, Natalia López Fuentes, confirmó la plena vigencia del salario mínimo de 2026, de $1.750.905 más $249.095 de auxilio de transporte, mientras el Consejo de Estado estudia la demanda que busca anular el decreto que lo fijó, descartando que los trabajadores deban reintegrar lo ya recibido.
La ministra del Trabajo, Natalia López Fuentes, abordó los rumores sobre la vigencia del salario mínimo de 2026. La funcionaria confirmó que el valor de $1.750.905, sumado a $249.095 de auxilio de transporte, mantiene su plena vigencia. Esta declaración se produce mientras el Consejo de Estado continúa el estudio de la demanda que busca la anulación del decreto que estableció dicho monto. López Fuentes descartó de manera explícita la posibilidad de que los trabajadores deban reintegrar las sumas ya recibidas.
La cartera laboral, a través de la ministra, explicó que la existencia de una demanda judicial no altera las obligaciones de los empleadores. En consecuencia, las empresas deben continuar efectuando el pago del salario mínimo actual y el auxilio de transporte a los trabajadores que cumplan con los requisitos para recibirlo. La suma total mensual, incluyendo ambos conceptos, asciende a $2.000.000.
López Fuentes enfatizó que los pagos realizados durante el año 2026 son válidos. La ministra señaló que ningún trabajador puede ser requerido para devolver estos recursos, incluso en presencia de un proceso judicial en curso contra el decreto. Adicionalmente, recordó que la determinación sobre la legalidad de la norma es competencia exclusiva del Consejo de Estado, el máximo tribunal de lo contencioso administrativo en Colombia.
Únete al canal de WhatsApp de IFMNOTICIAS para estar informado de manera oportuna y con detalle. IFMNOTICIAS · Información de VerdadUnirmeEl salario mínimo para el presente año fue establecido mediante el Decreto 1469 de 2025. Este decreto fue expedido el 29 de diciembre por el entonces presidente Gustavo Petro. El incremento fijado representó un aumento cercano al 23 % en comparación con el valor del salario mínimo de 2025. Este porcentaje de aumento se ubicó entre los más altos registrados en las últimas décadas en el país.
La Federación Nacional de Comerciantes Empresarios (Fenalco), presidida por Jaime Alberto Cabal, interpuso la demanda contra la norma. El gremio argumenta que el Gobierno anterior no consideró de manera suficiente los criterios establecidos por la ley para la fijación del salario mínimo en ausencia de un acuerdo entre empresarios y trabajadores. Estos criterios incluyen la inflación, la productividad de la economía, el crecimiento económico del país y el impacto del salario en los niveles de empleo. Fenalco también cuestiona la aplicación de un cálculo de "salario vital", señalando que, a su juicio, carecía de carácter vinculante para la negociación.
El proceso judicial ha presentado diversas etapas. En febrero, el Consejo de Estado decretó la suspensión provisional del decreto, lo que implicó la interrupción temporal de sus efectos como medida cautelar mientras se resolvía el fondo del caso. En ese momento, el tribunal ordenó la expedición de una norma transitoria. En respuesta, el Gobierno emitió el Decreto 159 de 2026, el cual mantuvo el mismo valor del salario mínimo y amplió la justificación técnica de la decisión. Posteriormente, en julio, la Sección Segunda del alto tribunal levantó la suspensión provisional, lo que restituyó la plena vigencia del decreto original.
Fenalco ha presentado sus alegatos de conclusión, que constituyen los argumentos finales que las partes exponen ante el juez antes de la emisión de una decisión. En estos alegatos, el gremio reiteró su solicitud de nulidad del decreto. Actualmente, se espera el concepto del Ministerio Público, y no se ha anunciado una fecha para la emisión del fallo definitivo por parte del Consejo de Estado.
El propio gremio empresarial ha indicado que una eventual anulación del decreto no implicaría que los trabajadores deban devolver las sumas ya percibidas. En su lugar, Fenalco se refiere a esta situación como un "restablecimiento de la legalidad". No obstante, una decisión en este sentido podría tener implicaciones sobre el valor del salario mínimo a partir de la fecha del fallo y, potencialmente, influir en el proceso de negociación del salario de 2027. Esta negociación se lleva a cabo habitualmente hacia finales de año en el marco de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales.
Por el momento, el Ministerio del Trabajo mantiene el mensaje de que la situación no presenta cambios para los trabajadores que devengan el salario mínimo ni para los empleadores. Ambos deben continuar liquidando nóminas, prestaciones sociales y aportes con base en el valor vigente del salario mínimo y el auxilio de transporte.
Preguntas y respuestas de contexto
¿Cuál es la situación actual del salario mínimo de 2026 en Colombia?
La ministra del Trabajo, Natalia López Fuentes, confirmó que el salario mínimo de 2026, de $1.750.905 más $249.095 de auxilio de transporte, mantiene su plena vigencia. Los trabajadores no tendrán que devolver el dinero ya recibido.
¿Por qué surgieron dudas sobre la vigencia de este salario mínimo?
Las dudas surgieron debido a una demanda interpuesta por Fenalco ante el Consejo de Estado, que busca anular el decreto que fijó el salario mínimo de 2026. El gremio argumenta que no se consideraron suficientemente los criterios legales para su fijación.
¿Qué deben hacer los empleadores y trabajadores frente a esta situación?
Los empleadores deben continuar efectuando el pago del salario mínimo actual y el auxilio de transporte, mientras que los trabajadores no serán requeridos para devolver las sumas ya percibidas. La situación no presenta cambios para ninguna de las partes.
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