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Gobierno ordenó liquidación del Ministerio de Igualdad y Equidad y fija ruta para garantizar atención a poblaciones vulnerables

A través de la Directiva Presidencial 02 del 9 de septiembre de 2026, el Gobierno Nacional estableció lineamientos para coordinar la liquidación del Ministerio de Igualdad y Equidad y evitar interrupciones en los programas dirigidos a poblaciones consideradas sujetos de especial protección constitucional. La medida se da después de que la Corte Constitucional declarara inexequible la ley que creó la entidad y estableciera el fin de sus efectos al término de la legislatura 2025-2026.

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Gobierno ordenó liquidación del Ministerio de Igualdad y Equidad y fija ruta para garantizar atención a poblaciones vulnerables

El Gobierno Nacional estableció una nueva hoja de ruta para avanzar en la liquidación del Ministerio de Igualdad y Equidad y, al mismo tiempo, garantizar la continuidad de los programas y políticas dirigidos a poblaciones vulnerables. La decisión quedó consignada en la Directiva Presidencial 02 del 9 de septiembre de 2026, mediante la cual se fijan directrices para la articulación institucional durante el proceso de cierre y reorganización de las funciones que estaban concentradas en esa cartera.

La decisión tiene como antecedente la sentencia C-161 de 2024 de la Corte Constitucional, en la que el alto tribunal declaró inexequible la Ley 2281 de 2023, norma mediante la cual se creó el Ministerio de Igualdad y Equidad. La Corte determinó que durante el trámite legislativo no se cumplió con el análisis de impacto fiscal exigido por la Ley 819 de 2003 y consideró que se trataba de un vicio de procedimiento insubsanable.

Sin embargo, la Corte no ordenó la desaparición inmediata de la entidad. En su decisión resolvió diferir los efectos de la inexequibilidad durante dos legislaturas, precisamente para permitir que el Congreso pudiera tramitar una eventual nueva creación del ministerio cumpliendo los requisitos constitucionales o, en su defecto, para que el Ejecutivo reorganizara las funciones y evitara una afectación en la atención de las poblaciones beneficiarias de las políticas públicas.

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Ese plazo concluyó con la legislatura 2025-2026. Posteriormente, el Gobierno avanzó en las disposiciones administrativas necesarias para materializar la liquidación. De hecho, el 19 de junio de 2026 fue expedido el Decreto 0626, mediante el cual se dispuso la liquidación del Ministerio de Igualdad y Equidad y se establecieron medidas relacionadas con el proceso administrativo correspondiente.

En este contexto, la Directiva Presidencial 02 busca coordinar las actuaciones de diferentes entidades del Ejecutivo. Entre las instituciones involucradas se encuentran los ministerios del Interior, Hacienda y Crédito Público y Justicia, además del Departamento Administrativo de la Función Pública y Prosperidad Social.

La instrucción contempla la elaboración y ejecución de un plan de acción para definir el destino de los programas, proyectos, funciones y recursos que estaban bajo responsabilidad del Ministerio de Igualdad y Equidad. El objetivo anunciado es evitar que la reorganización institucional genere interrupciones en la atención de las personas y comunidades beneficiarias.

El Gobierno plantea que el proceso de liquidación no significa la desaparición de las obligaciones estatales frente a los derechos de las poblaciones protegidas constitucionalmente. En ese sentido, uno de los principios expuestos en la directiva es que las funciones y programas deberán ser trasladados o articulados con otras entidades de acuerdo con sus competencias.

“Un ministerio se puede acabar, una bandera ideológica se puede guardar, pero los derechos de las personas con discapacidad, de las mujeres, de las comunidades étnicas y de los sujetos de especial protección constitucional no se liquidan con un decreto mal hecho”, señala el planteamiento divulgado por el Gobierno.

La Directiva Presidencial también contempla la participación de los organismos de control en el seguimiento del proceso. De esta manera, la administración nacional busca que la transición institucional cuente con mecanismos de coordinación y vigilancia mientras se definen las responsabilidades que asumirán las diferentes entidades.

El debate alrededor del futuro del Ministerio de Igualdad comenzó desde antes de su entrada en funcionamiento, pero adquirió una dimensión jurídica definitiva con la decisión de la Corte Constitucional. En 2024, el tribunal concluyó que la Ley 2281 de 2023 era inexequible debido a los vicios registrados durante su trámite legislativo, aunque decidió aplazar los efectos de la decisión para permitir una transición ordenada.

En 2025, la Corte volvió a pronunciarse sobre la misma ley y decidió estarse a lo resuelto en la sentencia C-161 de 2024, reiterando que, una vez culminara la legislatura 2025-2026, la Ley 2281 dejaría de producir efectos jurídicos y saldría del ordenamiento jurídico.

La administración de Abelardo De La Espriella sostiene que la reorganización debe concentrarse en garantizar la continuidad de la atención estatal, independientemente de la estructura administrativa utilizada para ejecutarla.

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